Las elecciones de los barangays y los consejos juveniles se trasladan a noviembre de 2028
La Corte Suprema de Filipinas ratificó la Ley de la República n.º 12326, que permite que los funcionarios de los barangays y los miembros del Sangguniang Kabataan (SK) elegidos el 30 de octubre de 2023 permanezcan en sus cargos hasta que sus sucesores sean elegidos y cumplan los requisitos para asumir, tras las próximas elecciones de noviembre de 2028. El fallo desestima el recurso del abogado electoral Romulo B. Macalintal contra una ley que sustituye la fecha electoral del 2 de noviembre de 2026 por elecciones el segundo lunes de noviembre de 2028.
Contenido
- Las elecciones de los barangays y los consejos juveniles se trasladan a noviembre de 2028
- Qué cambia la ley
- Por qué la mayoría la consideró una ley sobre la duración de los mandatos
- Cómo evaluó la Corte las facultades del Congreso
- Por qué importaba el calendario electoral
- Por qué los titulares pueden seguir en sus cargos sin nuevas elecciones
- Qué dijo la mayoría sobre el derecho al voto
- Por qué los jueces disidentes se opusieron a la prórroga
- Cómo se dividieron los jueces
- Puntos clave
La decisión, fechada el 14 de octubre de 2026 y hecha pública el 6 de noviembre, establece mandatos de cinco años para los funcionarios de los consejos de los barangays y juveniles. Las siguientes elecciones de los barangays y del SK se celebrarán cada cinco años. Para los residentes, el efecto inmediato es una espera más larga antes de poder elegir a sus próximos representantes locales.
La cuestión jurídica central era si el Congreso había cambiado la duración de los cargos públicos o aplazado unas elecciones de una manera que exigiera una justificación especialmente sólida. La mayoría consideró que la RA 12326 es una ley que fija la duración de los mandatos. Varios jueces disidentes sostuvieron que también debía examinarse su efecto sobre la votación prevista.
El resumen oficial del caso de la Oficina del Portavoz de la Corte Suprema identifica el proceso como G.R. n.º E-08557, Romulo B. Macalintal contra la Oficina del Presidente y otros. El entonces juez asociado Rodil V. Zalameda, ahora presidente de la Corte Suprema, redactó la decisión.
El fallo mantiene vigentes dos cambios relacionados: mandatos más largos para quienes ocupen cargos en el futuro y la continuidad de los funcionarios actuales en virtud de una norma vigente que permite permanecer en funciones. Esa norma les permite seguir en sus puestos hasta que sus sucesores electos cumplan los requisitos legales para asumir.
Qué cambia la ley
La RA 12326 amplía de cuatro a cinco años el mandato de los funcionarios de los barangays. El período de cuatro años había sido establecido por la RA 12232 en 2025. También reduce de tres a dos el número máximo de mandatos consecutivos para estos funcionarios. Los funcionarios del SK quedan limitados a un solo mandato.
Los cambios modifican en sentidos distintos la duración de los mandatos y los límites de continuidad en el cargo. Con el mandato anterior de cuatro años y el límite de tres mandatos, los funcionarios de los barangays habrían podido permanecer en el cargo hasta 12 años consecutivos. Cinco años multiplicados por el nuevo límite de dos mandatos dan un máximo de 10 años.
Así, los mandatos individuales se alargan, mientras que se acorta el período máximo de servicio ininterrumpido. Los votantes tendrán menos oportunidades previstas para elegir a sus funcionarios durante un período determinado, mientras que los dirigentes de los barangays dispondrán de más tiempo entre elecciones para llevar a cabo sus programas.
La Corte Suprema indica que la ley fue promulgada el 24 de septiembre de 2026. Según se informó, el presidente Ferdinand Marcos Jr. la firmó el 25 de septiembre. La Corte utiliza el 24 de septiembre al describir la medida que ratificó.
Por qué la mayoría la consideró una ley sobre la duración de los mandatos
Macalintal se basó en el fallo de la Corte Suprema de 2023 en el caso Macalintal contra la Comisión de Elecciones, relativo a la RA 11935, una ley que aplazó unas elecciones. Ese fallo exigía razones importantes, sustanciales o imperiosas para aplazarlas.
La mayoría sostuvo que esas directrices no se aplicaban a la RA 12326 porque su objetivo principal era establecer un mandato de cinco años. A su juicio, trasladar las elecciones a noviembre de 2028 ponía en práctica ese cambio.
La Oficina del Portavoz de la Corte Suprema explicó el razonamiento de la mayoría en su resumen público:
Una ley que fija la duración de los mandatos no se convierte en una ley de aplazamiento de elecciones simplemente porque afecte al calendario electoral.
El juez asociado Jhosep Y. Lopez coincidió con ese enfoque. Argumentó que considerar toda ley que afecte a una fecha electoral como una medida de aplazamiento restringiría la facultad del Congreso para determinar la duración de los mandatos en los barangays, incluso cuándo comienza un nuevo mandato.
La clasificación era importante porque determinaba el criterio jurídico aplicable a la ley. Macalintal quería que la Corte exigiera la justificación más sólida que se requiere para aplazar una votación prevista. En cambio, la mayoría examinó la facultad del Congreso para fijar la duración de los mandatos y si la transición al nuevo calendario era razonable.
Cómo evaluó la Corte las facultades del Congreso
La Constitución no establece una duración específica para los mandatos de los funcionarios de los barangays. La mayoría afirmó que elegir un mandato de cinco años es, principalmente, una decisión de política pública que corresponde al Congreso, que puede fijar, modificar y ampliar esos mandatos.
Según la Corte, la facultad del Congreso tiene un límite: el período previo al comienzo del nuevo mandato debe ser razonable y no excesivamente largo. La mayoría describió este requisito como una salvaguarda contra la modificación reiterada de las fechas de las elecciones de los barangays.
La Corte consideró razonable el calendario de noviembre de 2028 porque los titulares fueron elegidos el 30 de octubre de 2023. El intervalo entre esas elecciones y la siguiente votación es de poco más de cinco años, lo que, en términos generales, coincide con el ciclo establecido por la RA 12326.
La mayoría también rechazó el argumento de Macalintal basado en el debido proceso sustantivo. En términos sencillos, este criterio jurídico pregunta si una ley sirve a un fin público legítimo y si el método elegido contribuye razonablemente a alcanzarlo.
Entre los aspectos examinados por el Congreso estaban la planificación del desarrollo de los barangays, la continuidad de los programas, los recursos locales limitados y los costos electorales. La Corte aceptó la gobernanza local eficaz y la continuidad de los programas como objetivos legítimos, y consideró razonables el ciclo de cinco años y la transición.
Por qué importaba el calendario electoral
La Corte tuvo en cuenta la preocupación de los legisladores por la carga de trabajo de la Comisión de Elecciones en torno a las elecciones nacionales y locales de mayo de 2028. Según señaló, celebrar las elecciones de los barangays y del SK en 2027 podría interferir con los preparativos para esos comicios de mayor alcance.
Si el ciclo de cinco años hubiera comenzado con las elecciones previstas para noviembre de 2026, habría surgido otro problema de calendario. Al añadir cinco años, las siguientes elecciones de los barangays y del SK habrían tenido lugar en 2031, el mismo año de las elecciones nacionales y locales.
La mayoría aceptó esas preocupaciones de calendario como parte de la justificación para elegir noviembre de 2028. El nuevo calendario sitúa las elecciones de los barangays y los consejos juveniles después de las elecciones nacionales y locales de mayo de 2028.
Las principales fechas muestran cómo se desarrolló la disputa:
- 30 de octubre de 2023: Los votantes eligieron a los funcionarios titulares de los barangays y del SK.
- 2025: La RA 12232 estableció mandatos de cuatro años, según el relato de la Corte.
- 24 de septiembre de 2026: La RA 12326 fue promulgada, según la Corte Suprema.
- 14 de octubre de 2026: La Corte Suprema emitió su decisión de ratificar la RA 12326.
- 2 de noviembre de 2026: La nueva ley sustituyó las elecciones de los barangays y del SK previstas para esa fecha.
- 6 de noviembre de 2026: La decisión se hizo pública.
- Noviembre de 2028: Las próximas elecciones de los barangays y del SK están previstas para el segundo lunes del mes.
Por qué los titulares pueden seguir en sus cargos sin nuevas elecciones
Los funcionarios elegidos en octubre de 2023 seguirán en sus cargos en virtud de la disposición de continuidad de la RA 12232, que la RA 12326 mantiene. Continuarán hasta que sus sucesores sean elegidos y cumplan los requisitos para asumir.
Una disposición de continuidad mantiene a un titular en el cargo mientras siga pendiente el proceso legal para sustituirlo. En este caso, el nuevo calendario electoral prolonga el período antes de que los votantes elijan a quienes lo reemplazarán.
La mayoría sostuvo que continuar en el cargo en virtud de esa norma no concede a los titulares un nuevo mandato ni equivale a que el Congreso los nombre. La base jurídica para que permanezcan en sus puestos es la disposición de continuidad asociada a los cargos que ya ocupan.
Para los residentes, el efecto práctico es la continuidad de los funcionarios responsables de las actividades de los barangays y los consejos juveniles. Los mismos titulares pueden seguir con sus programas, mientras que los votantes deberán esperar hasta noviembre de 2028 para tener la próxima oportunidad prevista de sustituirlos mediante elecciones.
La diferencia entre un mandato formal y el tiempo que realmente se permanece en el cargo está en el centro del desacuerdo. La mayoría aceptó el mecanismo vigente de continuidad; los jueces disidentes se centraron en cuánto tiempo permanecerían en sus cargos los funcionarios electos antes de solicitar un nuevo mandato ciudadano.
Qué dijo la mayoría sobre el derecho al voto
Macalintal argumentó que ampliar el calendario electoral vulneraba el derecho al voto y el requisito de que los funcionarios de los barangays fueran elegidos mediante elecciones. La mayoría rechazó ambos argumentos.
La Corte afirmó que el derecho al voto no prescribe una duración específica para los mandatos ni una frecuencia concreta de las elecciones de los funcionarios de los barangays. Su razonamiento se centró en si la ley prevé elecciones periódicas en fechas que los votantes puedan conocer de antemano.
La RA 12326 fija la próxima votación para noviembre de 2028 y establece elecciones cada cinco años a partir de entonces. La mayoría consideró que se trata de un calendario fijo y previsible, mediante el cual la población seguirá eligiendo a sus representantes.
El fallo concede un peso considerable a la decisión del Congreso sobre el ciclo electoral. Los jueces disidentes dieron más importancia a la oportunidad que los votantes esperaban tener en noviembre de 2026. Su desacuerdo se refiere al momento en que debe permitirse a la ciudadanía renovar o retirar el mandato de un funcionario electo.
Por qué los jueces disidentes se opusieron a la prórroga
El juez asociado principal Marvic M.V.F. Leonen coincidió en que el Congreso tiene facultad para ampliar los mandatos de los funcionarios de los barangays y consideró que la RA 12326 no era opresiva. Sin embargo, concluyó que ampliar el período en funciones de los titulares vulneraba el derecho al voto de la ciudadanía. Su objeción se centró en la pérdida de la oportunidad prevista para elegir a los funcionarios.
El juez asociado Alfredo Benjamin S. Caguioa sostuvo que la continuidad de los programas gubernamentales es una cuestión administrativa habitual, no un interés estatal imperioso que baste para justificar el aplazamiento. Afirmó que los mandatos de cinco años podrían haberse aplicado a los funcionarios elegidos en noviembre de 2026, lo que habría permitido celebrar la votación prevista.
Caguioa también señaló el efecto acumulado de los cambios en el calendario electoral. Según argumentó, los funcionarios elegidos en 2023 permanecerían en sus cargos más allá de los mandatos de tres años vinculados a su mandato original y servirían durante más de cinco años sin que se celebraran nuevas elecciones.
El juez asociado Antonio T. Kho Jr. consideró que la RA 12326 es tanto una ley que fija la duración de los mandatos como una medida que aplaza unas elecciones. Señaló que aborda por separado la duración de los mandatos y la fecha de las elecciones, tratándolas como cuestiones distintas.
Kho también sostuvo que los funcionarios elegidos en noviembre de 2026 podrían haber cumplido el nuevo mandato de cinco años. Consideró insuficientes las razones ofrecidas para trasladar la votación, entre ellas la preocupación por la proximidad de las elecciones previstas para el 2 de noviembre a la conmemoración del Día de los Difuntos y por que un futuro ciclo electoral coincidiera con 2031.
Por tanto, la diferencia no se limitaba a un simple argumento a favor o en contra de los mandatos de cinco años. Varios argumentos disidentes aceptaban que el Congreso podía modificar los mandatos futuros, pero se oponían a la decisión de mantener en sus cargos a los funcionarios actuales mediante el traslado de las próximas elecciones.
Cómo se dividieron los jueces
La decisión de Zalameda contó con el respaldo del entonces presidente de la Corte Suprema, Alexander G. Gesmundo, y de los jueces asociados Amy C. Lazaro-Javier, Henri Jean Paul B. Inting, Samuel H. Gaerlan, Jhosep Y. Lopez, Japar B. Dimaampao, Jose Midas P. Marquez y Raul B. Villanueva.
Leonen, Caguioa y Kho votaron en contra, al igual que los jueces asociados Ramon Paul L. Hernando y Ricardo R. Rosario. La jueza asociada Maria Filomena D. Singh estaba de licencia. Incluido el autor de la decisión, la votación registrada fue de nueve jueces a favor y cinco en contra.
El resumen público de la Corte describe los razonamientos por separado de Leonen, Caguioa, Lopez y Kho, y remite a los lectores a la decisión completa y a las opiniones separadas para conocer el análisis jurídico íntegro.
Al momento de la publicación no se sabía si Macalintal presentaría una moción de reconsideración. Esta solicitud pediría a la Corte Suprema que revisara su fallo. El calendario electoral ratificado por la decisión sitúa las próximas elecciones de los barangays y del SK en noviembre de 2028.
Puntos clave
- La Corte Suprema ratificó la RA 12326 en una decisión fechada el 14 de octubre de 2026 y hecha pública el 6 de noviembre.
- Las próximas elecciones de los barangays y del SK se trasladan del 2 de noviembre de 2026 al segundo lunes de noviembre de 2028; a partir de entonces, se celebrarán cada cinco años.
- Los funcionarios de los barangays tendrán mandatos de cinco años, con un máximo de dos mandatos consecutivos. Los funcionarios del SK quedan limitados a un mandato.
- Los titulares elegidos en octubre de 2023 permanecerán en sus cargos en virtud de la disposición vigente de continuidad hasta que sus sucesores sean elegidos y cumplan los requisitos para asumir.
- La mayoría consideró que la ley fija la duración de los mandatos; los jueces disidentes sostuvieron que el traslado de la votación prevista también requería una justificación constitucional más sólida.
- La votación registrada fue de nueve jueces a favor, cinco en contra y uno de licencia.






