El Tribunal Constitucional de Pakistán suspende las audiencias del Tribunal Superior de Peshawar sobre las detenciones de miembros del PTI en Khyber Pakhtunkhwa

14 min de lectura
Pakistan Constitutional Court Suspends PHC Hearings on PTI Detentions in Khyber Pakhtunkhwa

Más de 60 recursos dejan en suspenso los procesos por las detenciones

El Tribunal Constitucional Federal de Pakistán suspendió los procesos del Tribunal Superior de Peshawar relativos a la detención preventiva de miembros del Pakistan Tehreek-e-Insaf en Khyber Pakhtunkhwa, al invocar las restricciones constitucionales aplicables cuando las fuerzas armadas actúan en apoyo de las autoridades civiles.

Contenido
  1. Más de 60 recursos dejan en suspenso los procesos por las detenciones
  2. Por qué el alto tribunal había concedido el amparo
  3. Qué decidió el fallo de Aftab Alam
  4. Qué implica el artículo 245 para estos casos
  5. Los jueces cuestionan el alcance de la restricción
  6. Cómo el estado de emergencia dio lugar a la disputa judicial
  7. Afridi y otras figuras políticas también están implicados
  8. Los abogados piden que se les escuche antes de mantener las restricciones
  9. Qué podría cambiar con el próximo informe
  10. Puntos clave

Un tribunal integrado por el presidente del Tribunal Supremo, Aminuddin Khan, y el juez Aamer Farooq dictó la orden provisional el jueves, al examinar impugnaciones contra decisiones del alto tribunal que concedieron a los detenidos la libertad provisional a cambio de fianzas de 100.000 rupias cada una. Más de 60 recursos contra las órdenes provisionales del alto tribunal figuran en la lista de causas del tribunal constitucional.

La disputa se produce después de que el 11 de octubre de 2026 se proclamaran el estado de emergencia y el gobierno del gobernador en Khyber Pakhtunkhwa. La medida transfirió el control ejecutivo provincial al gobierno federal a través del gobernador. Posteriormente, se ordenó a las tropas que actuaran en apoyo del poder civil en toda la provincia.

La consecuencia inmediata es la suspensión de los procesos del alto tribunal en los que activistas detenidos han solicitado amparo. La cuestión más amplia es hasta qué punto el artículo 245 de la Constitución de Pakistán limita el acceso a un alto tribunal cuando el apoyo militar a las autoridades civiles abarca toda una provincia.

El tribunal constitucional ordenó a Sanaullah Khan, fiscal general de KP, que presente en un plazo de siete días un informe en el que identifique las zonas donde ya no se necesita el apoyo militar. Ese informe podría llevar al tribunal a modificar su orden. El Tribunal Superior de Peshawar había fijado la siguiente audiencia para el 12 de noviembre, pero la suspensión ahora rige los procesos afectados.

Por qué el alto tribunal había concedido el amparo

Las autoridades provinciales detuvieron a miembros y activistas del PTI en virtud del artículo 3 de la Ordenanza de Mantenimiento del Orden Público de 1960, conocida habitualmente como MPO. La detención preventiva permite a las autoridades retener a alguien para evitar una amenaza prevista contra el orden público, en lugar de imponerle un castigo tras una condena penal.

Publicidad

El Tribunal Superior de Peshawar concedió un amparo provisional después de que el gobierno provincial no presentara un informe que explicara las razones y circunstancias de las detenciones. Además de ordenar la puesta en libertad a cambio de fianzas, dispuso que los detenidos no fueran arrestados mientras sus impugnaciones a la detención siguieran pendientes.

El alto tribunal se basó en su fallo del 31 de mayo de 2023 en el caso Aftab Alam y otro contra el secretario de Asuntos del Interior y Tribales del gobierno de KP. El Departamento provincial de Asuntos del Interior y Tribales, por medio de su secretario jefe adjunto, impugnó las órdenes provisionales ante el tribunal constitucional.

El tribunal constitucional señaló que era necesario examinar cuidadosamente el fallo anterior de Aftab Alam para determinar si la interpretación del artículo 245 hecha por el alto tribunal era constitucionalmente correcta. Su intervención actual es provisional; todavía está pendiente un fallo constitucional más amplio.

Qué decidió el fallo de Aftab Alam

En el caso Aftab Alam, el juez Syed Arshad Ali dejó constancia de que las peticiones se habían resuelto mediante una orden breve el 31 de mayo de 2023. El caso se refería a detenciones preventivas tras las protestas por el arresto de Imran Khan el 9 de mayo de 2023. El fallo describió ataques contra bienes públicos, vehículos e instalaciones militares durante los disturbios y señaló que la situación volvió a la normalidad después de la liberación de Khan, el 11 de mayo.

El fallo dejó constancia de que el gobierno provincial solicitó apoyo militar el 10 de mayo de 2023 y que ese mismo día el gobierno federal autorizó el despliegue en virtud del artículo 245 y del artículo 4(3)(ii) de la Ley Antiterrorista de 1997. Las reglas de intervención se emitieron en consulta con el Cuartel General del 11.º Cuerpo, en Peshawar, y especificaron los límites del despliegue en las respectivas áreas de responsabilidad de las formaciones.

El Tribunal Superior de Peshawar anuló las órdenes de detención impugnadas en virtud del artículo 3 de la MPO por considerarlas absurdas y vagas, y por carecer de motivos o de material de respaldo suficiente. Ordenó la liberación inmediata de los demandantes, salvo que fueran requeridos en otro caso, bajo fianzas de 100.000 rupias cada una, con dos garantes por el mismo monto, a satisfacción del comisionado adjunto, el comisionado adjunto adicional o el comisionado asistente. Los demandantes también debían comprometerse a no participar en actividades contra el Estado ni actuar en perjuicio de la seguridad pública. Quienes ya habían presentado las fianzas y el compromiso exigidos por la orden judicial del 18 de mayo no tenían que hacerlo de nuevo.

La orden breve confirmó las liberaciones ya obtenidas en esas condiciones, pero permitió que la administración del distrito y el gobierno provincial iniciaran nuevos procedimientos en virtud de la MPO cuando hubiera material suficiente para demostrar que las actividades de un demandante amenazaban la seguridad o el orden públicos y que la detención era necesaria. Los demandantes cuyas órdenes de detención habían sido suspendidas, pero que no habían sido arrestados ni eran requeridos en otro caso, disponían de cinco días desde el fallo para presentar las fianzas y el compromiso. Las fianzas tenían una validez de seis meses a partir de su formalización.

En cuanto a la jurisdicción, el Tribunal Superior de Peshawar interpretó el artículo 245(3) como una restricción condicional, que exigía especificar e identificar la zona pertinente donde las fuerzas armadas actuaban en apoyo del poder civil. Concluyó que los tribunales conservaban la jurisdicción para revisar medidas ilegales, adoptadas fuera de la competencia o de mala fe. El fallo también citó el artículo 245(4), según el cual los procesos que reúnen los requisitos y se inician el día en que las fuerzas armadas comienzan a actuar en apoyo del poder civil, o después, quedan suspendidos mientras dure esa función.

Qué implica el artículo 245 para estos casos

El artículo 199 faculta a los altos tribunales para examinar peticiones que impugnan el ejercicio ilegal del poder público y solicitan protección de los derechos fundamentales. En los casos de detención, ofrece una vía para pedir a los jueces que examinen si el Estado ha actuado conforme a la ley.

El artículo 245 impone restricciones a esa facultad cuando las fuerzas armadas actúan en apoyo del poder civil. El apartado 3 establece que un alto tribunal no ejercerá la jurisdicción que le confiere el artículo 199 respecto de una zona donde se esté prestando ese apoyo militar. También preserva la jurisdicción sobre los procesos que ya estaban pendientes inmediatamente antes de que las fuerzas armadas comenzaran a desempeñar esa función.

El apartado 4 se refiere a los procesos iniciados el día en que comienza el apoyo militar, o después. Estos permanecen suspendidos durante el período en que las fuerzas armadas sigan actuando en esa función.

El tribunal, presidido por el juez Aminuddin Khan, aplicó esa disposición al despliegue en Khyber Pakhtunkhwa. Su orden escrita señaló:

«Dado que se ha llamado a las fuerzas armadas para que actúen en apoyo del poder civil en toda la provincia de KP, de conformidad con la orden del 11 de octubre [...], los procesos ante el Tribunal Superior de Peshawar iniciados en virtud del artículo 199 el 12 de octubre o después permanecerán suspendidos, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 245».

Por tanto, la fecha de presentación y la zona abarcada por el despliegue son determinantes. Un proceso que ya estaba pendiente antes de que comenzara el apoyo militar queda comprendido en la excepción constitucional, mientras que la orden del Tribunal Constitucional Federal suspende los procesos afectados iniciados a partir del 12 de octubre.

Publicidad

Los jueces cuestionan el alcance de la restricción

El fiscal general Sanaullah Khan sostuvo que el alto tribunal no podía admitir directamente peticiones en virtud del artículo 199 relacionadas con zonas donde las fuerzas armadas actuaban en apoyo del poder civil. Su postura limitaría la vía utilizada por los detenidos para impugnar su reclusión.

El juez Aamer Farooq preguntó cómo se aplicaría ese argumento a la actividad cotidiana del alto tribunal, que incluye numerosas peticiones en virtud del artículo 199. Preguntó:

¿Significa esto que el alto tribunal no debería escuchar esos casos?

Sanaullah respondió que asuntos como los litigios de arrendamiento todavía podían llegar al alto tribunal después de pasar por los órganos competentes. Su respuesta distinguió entre las peticiones constitucionales directas y los asuntos que llegan después de ser examinados en otras instancias.

El Tribunal Constitucional Federal describió la situación prevista en el artículo 245 como una emergencia de carácter temporal. Señaló que la restricción de la jurisdicción se mantiene mientras las fuerzas armadas sigan actuando en apoyo del poder civil.

El tribunal también se refirió al artículo 236(2), relativo a las disposiciones de emergencia, y observó que los tribunales habían examinado la constitucionalidad de las proclamaciones de emergencia pese a que su formulación restringía la intervención judicial. Indicó que estas cuestiones requerían un examen cuidadoso y un fallo constitucional con autoridad definitiva.

Cómo el estado de emergencia dio lugar a la disputa judicial

Las medidas de octubre combinaron un cambio en la administración provincial, apoyo militar y detenciones preventivas. Cada uno de estos pasos forma ahora parte de la disputa legal sobre las facultades del alto tribunal.

  • El 31 de mayo de 2023, el Tribunal Superior de Peshawar emitió el fallo de Aftab Alam, en el que se basó posteriormente al conceder amparo a los detenidos.
  • El 11 de octubre de 2026, el presidente emitió una proclamación en virtud de los artículos 232 y 234 e impuso el estado de emergencia y el gobierno del gobernador en Khyber Pakhtunkhwa. El gobierno federal también autorizó el apoyo militar en virtud del artículo 245.
  • El 12 de octubre, el Ministerio del Interior solicitó el despliegue de tropas y el Ministerio de Defensa ordenó a las fuerzas desplegadas en KP que actuaran en apoyo del poder civil en toda la provincia.
  • El 13 de octubre, el hermano de Sohail Afridi presentó una petición ante el alto tribunal por el presunto secuestro y la detención continuada del ministro principal de la provincia.
  • El jueves, el tribunal constitucional suspendió los procesos afectados del alto tribunal y ordenó que se presentara en un plazo de siete días un informe sobre las zonas donde seguía siendo necesario el apoyo militar.
  • El 12 de noviembre era la fecha fijada para la siguiente audiencia del alto tribunal sobre los litigios relativos a las detenciones.

Entre los objetivos declarados por el gobierno federal para el despliegue figuraban proteger vidas, personas y bienes, así como instalaciones gubernamentales. Posteriormente, las autoridades invocaron la MPO para detener a personas con el fin de mantener la paz y el orden públicos.

Publicidad

Afridi y otras figuras políticas también están implicados

Sohail Afridi, cuyas facultades como ministro principal quedaron suspendidas tras la instauración del gobierno del gobernador, es una de las figuras políticas cuyos casos de detención han llegado a los tribunales. La petición de su hermano solicitaba su liberación inmediata y una investigación judicial independiente sobre su desaparición, y denunciaba violaciones de sus derechos fundamentales.

El alto tribunal también ha examinado peticiones sobre el paradero de Babar Saleem Swati, presidente de la Asamblea Provincial, y de Junaid Akbar, miembro de la Asamblea Nacional. El martes, los jueces Syed Arshad Ali y Muhammad Faheem Wali remitieron esos asuntos al presidente del alto tribunal para que los sometiera a consideración de un tribunal ampliado. El fiscal general también apoyó la constitución de un tribunal de mayor tamaño.

El abogado Bashir Khan Wazir, representante de los demandantes, dijo al alto tribunal que Afridi y Swati llevaban varios días desaparecidos. Añadió que el gobernador y sus asesores habían confirmado que Afridi, Swati y Akbar estaban bajo custodia de protección.

Wazir también invocó un proyecto de ley aprobado por la asamblea provincial sobre inmunidad para el presidente de la Asamblea y sus miembros, y sostuvo que esas protecciones impedían su arresto. La aplicación de esa protección alegada es otra de las cuestiones legales planteadas por los demandantes.

Los abogados piden que se les escuche antes de mantener las restricciones

El ex fiscal general adjunto Shah Faisal Ilyas, que compareció ante el Tribunal Constitucional Federal en representación de una de las partes, objetó que se dictara una orden de suspensión antes de escuchar a los demandados. Sostuvo que no podían prosperar las objeciones del gobierno provincial a las órdenes del alto tribunal.

El presidente del Tribunal Supremo, Aminuddin Khan, pidió a Ilyas que revisara la orden del tribunal constitucional y presentara objeciones formales. El tribunal notificó a los demandados para darles la oportunidad de exponer sus posiciones.

El tribunal también ordenó notificar al fiscal general de Pakistán en virtud de la Orden XXVIIA del Código de Procedimiento Civil de 1908, ya que el caso plantea cuestiones importantes de interpretación constitucional. Este procedimiento incorpora al principal asesor jurídico del gobierno a los litigios que abordan esas cuestiones.

Sanaullah también invocó el artículo 10, que establece garantías sobre el arresto y la detención, incluidas disposiciones relativas a la custodia preventiva. Sostuvo que las medidas adoptadas en virtud de la MPO se basaban en la evaluación de un funcionario gubernamental sobre la necesidad de impedir conductas perjudiciales para la seguridad pública, la ley y el orden.

La disputa reúne, por tanto, dos cuestiones: la base legal para mantener detenidas a personas y la facultad del alto tribunal para examinar sus peticiones durante el despliegue. El Tribunal Constitucional Federal está analizando actualmente la cuestión jurisdiccional que determina si esos procesos pueden continuar.

Publicidad

Qué podría cambiar con el próximo informe

El plazo de siete días para presentar el informe plantea una tarea concreta al gobierno provincial: identificar las zonas de Khyber Pakhtunkhwa donde ya no se necesita que las fuerzas armadas actúen en apoyo del poder civil. El Tribunal Constitucional Federal señaló que podría modificar su orden tras examinar esa información.

El alcance geográfico es importante porque el artículo 245 vincula la restricción a las zonas donde se presta apoyo militar. Por tanto, un cambio en el despliegue podría modificar los lugares donde se aplica la suspensión. No se ha anunciado una fecha para un fallo constitucional definitivo, y las instrucciones anunciadas dejan para futuros procesos la resolución sobre las órdenes individuales de liberación.

La batalla legal se desarrolla en medio de un enfrentamiento más amplio entre el gobierno federal y el PTI. Antes del estado de emergencia, el PTI había anunciado una marcha a Islamabad para exigir la liberación de su dirigente encarcelado, el ex primer ministro Imran Khan. Las negociaciones entre ambas partes no dieron lugar a un acuerdo.

El gobierno federal citó la presunta desvinculación deliberada de la administración provincial de la lucha contra el terrorismo como motivo para imponer el gobierno del gobernador. Figuras de la oposición, entre ellas Maulana Fazlur Rehman, Mehmood Khan Achakzai, líder de la oposición en la Asamblea Nacional, y Raja Nasir Abbas, líder de la oposición en el Senado, criticaron la medida.

Para los trabajadores detenidos y sus familias, la cuestión práctica es poder acudir a un juez que examine los motivos de la detención. Las próximas decisiones del Tribunal Constitucional Federal determinarán cuándo y dónde podrán reanudarse esas impugnaciones mientras continúe el apoyo militar.

Puntos clave

  • El Tribunal Constitucional Federal suspendió los procesos afectados del Tribunal Superior de Peshawar iniciados en virtud del artículo 199 el 12 de octubre o después, al invocar el artículo 245.
  • Más de 60 recursos impugnan órdenes provisionales que concedieron a los detenidos la libertad a cambio de fianzas de 100.000 rupias cada una.
  • El Tribunal Superior de Peshawar había concedido amparo sin recibir un informe provincial que explicara las detenciones.
  • El fallo del Tribunal Superior de Peshawar del 31 de mayo de 2023 en el caso Aftab Alam anuló órdenes de detención en virtud de la MPO que carecían de respaldo, condicionó la liberación a la presentación de fianzas e interpretó el artículo 245(3) como una restricción jurisdiccional condicional.
  • El fiscal general de KP debe informar en un plazo de siete días sobre las zonas donde ya no se necesita el apoyo militar.
  • Sohail Afridi, Babar Saleem Swati y Junaid Akbar aparecen en procesos relacionados con detenciones y cuestiones sobre su paradero.
  • El Tribunal Constitucional Federal ha solicitado respuestas a las partes y ha notificado al fiscal general de Pakistán antes de continuar el examen constitucional.
Compartir este artículo

También le puede interesar