21 medios de comunicación piden protección antes de que las disposiciones entren en vigor en mayo de 2027
La Asociación de Editores de Noticias Digitales de India (DNPA), que representa a 21 medios de comunicación, impugnó la Ley de Protección de Datos Personales Digitales ante la Corte Suprema. Argumenta que los requisitos de consentimiento, las obligaciones de eliminar datos y las solicitudes gubernamentales de información podrían obstaculizar las investigaciones y exponer a fuentes confidenciales. En una demanda de 698 páginas, presentada el 6 de octubre de 2026, solicita anular disposiciones clave cuya entrada en vigor está prevista para mayo de 2027.
Contenido
- 21 medios de comunicación piden protección antes de que las disposiciones entren en vigor en mayo de 2027
- Por qué los medios consideran que esto amenaza las investigaciones
- Qué establecen realmente las normas sobre el consentimiento
- ¿Puede alguien exigir que se retire una noticia verídica?
- Las exclusiones que ya contempla la ley
- Por qué las fuentes confidenciales forman parte del caso
- Las multas y las facultades para bloquear contenidos aumentan la presión sobre las redacciones
- Las garantías de agosto no se tradujeron en una exención escrita para la prensa
- Qué ocurrirá ahora y otro cambio que afecta al acceso a la información
- Puntos clave
Se espera que un tribunal presidido por el presidente de la Corte Suprema de India, Surya Kant, examine el recurso el martes 27 de octubre, junto con demandas presentadas por activistas. La asociación incluye a Network18, propiedad del grupo de Mukesh Ambani; NDTV, propiedad del grupo de Gautam Adani; The Indian Express, y Times Internet, parte del grupo Times of India.
La disputa gira en torno a una cuestión práctica: ¿cómo debe aplicarse una ley que protege a las personas del uso indebido de su información personal cuando los periodistas investigan a esas mismas personas? Los medios argumentan que pedir permiso al objeto de una investigación antes de recopilar información podría alertarlo, mientras que las solicitudes posteriores de eliminación podrían poner en riesgo las noticias publicadas.
La Ley de Protección de Datos Personales Digitales, promulgada en 2023 y publicada por el Ministerio de Electrónica y Tecnología de la Información, establece normas para el tratamiento de datos personales digitales. El tratamiento abarca actividades como recopilar, almacenar y utilizar información sobre personas identificables. La ley contempla exclusiones y exenciones, pero no incluye una exención expresa para el periodismo como la que solicitan los medios.
Por qué los medios consideran que esto amenaza las investigaciones
El argumento central de la DNPA se refiere a la labor periodística previa a la publicación, cuando los periodistas pueden estar examinando documentos, verificando denuncias y protegiendo a quienes han compartido información. La asociación sostiene que las obligaciones de privacidad podrían restringir esa labor antes de que sea posible evaluar el valor de una noticia para el público.
La DNPA, asociación que presenta el recurso, describe en su demanda las disposiciones impugnadas como restricciones que operan antes de la publicación:
Las disposiciones «constituyen una censura previa, algo incompatible con cualquier democracia que merezca ese nombre».
Los medios afirman que las consecuencias irían más allá del departamento jurídico de un periódico. Un periodista que investigue presuntos actos de corrupción podría necesitar recopilar nombres, datos financieros o comunicaciones. Si fuera necesario obtener el permiso de la persona investigada, esta podría decidir si la investigación sigue adelante.
La ley se diseñó para proteger la información personal digital e impone obligaciones de cumplimiento a las empresas, incluidas plataformas como Meta y Google. Los medios de comunicación sostienen que el periodismo de investigación necesita un tratamiento distinto porque la persona cuya información se examina puede tener fuertes motivos para impedir que se recopile o publique.
Qué establecen realmente las normas sobre el consentimiento
El artículo 4 permite tratar datos personales con un fin lícito sobre la base del consentimiento o de determinados usos legítimos. Un fin lícito es aquel permitido por la ley. El consentimiento es el permiso de la persona afectada, a quien la ley denomina titular de los datos.
El artículo 6 reconoce a las personas el derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento, mediante un procedimiento tan sencillo como el utilizado para otorgarlo. Cuando se retira el consentimiento, la organización que trata los datos debe dejar de hacerlo en un plazo razonable, a menos que la ley, sus normas o alguna otra ley exijan o autoricen continuar sin ese consentimiento.
La DNPA sostiene que un modelo de consentimiento adecuado para registrarse en una tienda en línea o en una red social puede tener consecuencias distintas en una redacción. Los clientes pueden decidir si proporcionan sus datos a una empresa. En cambio, los objetos de una investigación pueden ser personas cuya conducta examinan los periodistas sin su colaboración.
En su demanda, la asociación explica por qué se opone a exigir que se avise con antelación a esas personas y se obtenga su permiso:
«Permitiría que esa persona destruyera pruebas e intimidara a testigos».
La alternativa de ciertos usos legítimos prevista en el artículo 4 es importante porque el consentimiento es una de las vías que contempla la ley, no la única. Los medios solicitan una protección expresa que proporcione una base jurídica confiable para el trabajo periodístico, incluidas las investigaciones sobre personas que se niegan a dar permiso.
¿Puede alguien exigir que se retire una noticia verídica?
Los artículos 8 y 12 establecen obligaciones de eliminación, es decir, de borrado de datos personales. La DNPA afirma que estas disposiciones podrían llevar a retirar noticias verídicas o editarlas de forma sustancial si una persona retira su consentimiento o pide que se elimine información.
Por lo general, el artículo 8(7) exige que una organización elimine los datos personales cuando se retira el consentimiento o cuando es razonable suponer que ya no se cumple el propósito especificado, lo que ocurra primero. La conservación necesaria para cumplir otra ley constituye una excepción.
El artículo 12 aborda la corrección, actualización y eliminación de datos personales cuyo tratamiento había sido autorizado previamente, incluido el consentimiento mencionado en el artículo 7(a). Según el artículo 12(3), una organización que recibe una solicitud de eliminación debe borrar los datos, salvo que sea necesario conservarlos para el propósito especificado o para cumplir la ley.
Estas salvedades son centrales en la disputa. Un archivo periodístico puede conservar un registro verídico mucho después de que se haya publicado la noticia original. Los medios quieren una garantía expresa para conservar información por su valor de interés público, en lugar de tener que justificar su conservación mediante disposiciones que no se refieren expresamente al periodismo.
Para los lectores, la preocupación es el acceso al registro histórico. Eliminar nombres u otros datos personales de una investigación podría dificultar la comprensión de quién actuó, quién se benefició y cómo se desarrollaron los acontecimientos. La asociación sostiene que estas decisiones editoriales necesitan una protección jurídica clara.
Las exclusiones que ya contempla la ley
El artículo 3(c)(ii) excluye los datos personales que una persona haya hecho públicos por sí misma. También excluye los datos que otra persona haya hecho públicos cuando tenga la obligación legal de publicarlos. La redacción vincula la exclusión con quién divulgó la información y con el fundamento jurídico para hacerla pública.
Por tanto, los periodistas se encuentran en situaciones jurídicas distintas cuando utilizan información que alguien ha publicado abiertamente y cuando reciben registros privados de una fuente confidencial. El contenido de un documento puede referirse a un asunto de interés público y, al mismo tiempo, incluir datos personales que nunca se publicaron voluntariamente ni por obligación legal.
El artículo 17(1) establece exenciones de varias obligaciones para determinadas actividades. Entre ellas figuran el tratamiento necesario para hacer valer un derecho o una reclamación legal, así como el tratamiento destinado a prevenir, detectar, investigar o enjuiciar un delito o una infracción de la ley.
La referencia a la investigación de delitos es pertinente para informar sobre presuntas irregularidades. La aplicación de esa disposición a actividades periodísticas concretas tendría que abordarse al interpretar la ley. La DNPA solicita una protección más amplia y explícita para el periodismo, incluida la cobertura cuyo valor público va más allá de investigar un delito.
Por qué las fuentes confidenciales forman parte del caso
La DNPA también impugna las facultades del gobierno para exigir información a las organizaciones que tratan datos personales. En su demanda, argumenta que esas solicitudes podrían alcanzar material que identifique a una fuente de un periodista, incluidas las comunicaciones que conserva una redacción.
La asociación afirma que el riesgo afecta a denunciantes que comparten información sobre corrupción, irregularidades empresariales o fraude electoral. Alguien que tema ser identificado podría decidir no acudir a un periodista, lo que reduciría la información disponible para una investigación antes incluso de que comience la cobertura.
En su demanda ante el tribunal, la DNPA describe el alcance que teme que tenga la facultad de exigir información:
La facultad «puede abarcar comunicaciones privilegiadas en poder de un periodista o de la persona informante».
Los artículos 7(c) y 7(d) autorizan por separado ciertos tratamientos de datos relacionados con el Estado. Abarcan las funciones gubernamentales previstas por la ley y determinados intereses de seguridad, así como la divulgación al Estado exigida por otra ley, con sujeción a las disposiciones de divulgación de esa ley.
Los medios objetan que el marco legal deja al Estado un margen considerable para tratar u obtener información, pero no ofrece a las redacciones una protección equivalente por escrito para la cobertura basada en fuentes confidenciales. Su argumento vincula la protección de las fuentes con la capacidad de investigar: proteger un artículo ya publicado tiene poco valor práctico si quienes aportan pruebas temen quedar expuestos desde el principio.
Las multas y las facultades para bloquear contenidos aumentan la presión sobre las redacciones
La demanda también expresa preocupación por la facultad de una autoridad federal para imponer multas por incumplimiento. Los medios sostienen que las posibles sanciones económicas podrían influir en las decisiones sobre si recopilar información, continuar una investigación o mantener una noticia disponible en línea.
La DNPA impugna las facultades que permiten al gobierno bloquear el acceso a información por motivos de interés público. Argumenta que estas facultades podrían restringir la libertad de prensa sin garantías adecuadas para la actividad periodística.
En consecuencia, las redacciones tendrían que tomar varias decisiones relacionadas entre sí: si cuentan con una base legal para recopilar información, si pueden conservarla, cómo responder a una solicitud gubernamental y si la publicación podría dar lugar a medidas de cumplimiento. La asociación quiere que el tribunal examine estas presiones en conjunto.
La reparación solicitada es de amplio alcance. La demanda pide anular las principales disposiciones impugnadas, además de las órdenes y directrices judiciales pertinentes. Antes se habían presentado impugnaciones de activistas en favor de la libertad de expresión y de medios pequeños; la acción de la DNPA incorpora al litigio a un grupo que incluye a algunas de las mayores empresas de medios de India.
Las garantías de agosto no se tradujeron en una exención escrita para la prensa
Según la demanda, en una reunión con el gobierno celebrada en agosto, las empresas de medios recibieron garantías de que se protegería la libertad de prensa. La DNPA afirma que la falta de una exención escrita sigue dejando a los medios expuestos a las obligaciones de la ley.
En una carta enviada al gobierno en agosto y adjunta a la demanda, la asociación expuso su queja por la diferencia entre las exenciones concedidas al Estado y la falta de protección para el periodismo. La DNPA escribió:
India «ha optado por conceder amplias exenciones al Estado, pero no ha extendido una protección equivalente a la prensa».
La asociación cita las salvaguardias relacionadas con el periodismo de la Unión Europea, Singapur y Reino Unido como ejemplos que respaldan su solicitud. Sostiene que la protección debe figurar en el marco jurídico, para que periodistas y autoridades encargadas de hacer cumplir la ley puedan aplicar una norma escrita.
La demanda no menciona ninguna respuesta a la carta de agosto. Antes de la audiencia prevista, siguen pendientes la respuesta detallada del gobierno a las acusaciones de los medios y el alcance de cualquier medida judicial.
Qué ocurrirá ahora y otro cambio que afecta al acceso a la información
El próximo paso inmediato es la audiencia ante la Corte Suprema, prevista para el 27 de octubre de 2026. Las principales fechas que preceden a la impugnación y al plazo de entrada en vigor son:
- 2023: el Parlamento promulgó la Ley de Protección de Datos Personales Digitales.
- Agosto de 2026: las empresas de medios recibieron garantías del gobierno y la DNPA envió una carta para solicitar protección escrita para la prensa.
- 6 de octubre de 2026: la DNPA presentó su impugnación ante la Corte Suprema.
- 27 de octubre de 2026: se espera que un tribunal presidido por el presidente de la Corte Suprema, Surya Kant, examine las demandas.
- Mayo de 2027: está previsto que entren en vigor las disposiciones clave impugnadas por los medios.
La ley también modifica otra norma utilizada para obtener información de las autoridades públicas. El artículo 44(3) modifica el artículo 8(1)(j) de la Ley del Derecho a la Información de 2005 y sustituye esa cláusula por una exención para la información relacionada con datos personales.
La nueva redacción de la exención es breve:
información relacionada con datos personales
Para los periodistas, el acceso a los registros gubernamentales y el permiso para tratar información son preocupaciones prácticas relacionadas. Los registros obtenidos de las autoridades públicas pueden ayudar a verificar decisiones y gastos; las normas sobre datos personales inciden después en la manera de manejar esa información. La modificación de la ley sobre el derecho a la información añade otra cuestión de acceso en la misma legislación, junto con las disposiciones sobre consentimiento, eliminación de datos y confidencialidad de las fuentes que centran la impugnación de los medios.
El proceso judicial determinará cómo se atienden las solicitudes de los medios antes de que comiencen a aplicarse las disposiciones impugnadas. Las organizaciones de noticias piden garantías escritas sobre la recopilación de pruebas, la conservación de archivos y la protección de las fuentes mientras entran en vigor las medidas de protección de la privacidad previstas por la ley.
Puntos clave
- La DNPA, que representa a 21 medios, presentó su impugnación el 6 de octubre de 2026.
- Se espera que un tribunal de la Corte Suprema presidido por Surya Kant examine las demandas el 27 de octubre.
- Los medios sostienen que las obligaciones de consentimiento y eliminación de datos podrían obstaculizar las investigaciones y poner en riesgo los archivos de noticias verídicas.
- La demanda también impugna las solicitudes gubernamentales de información, la posible divulgación de fuentes, las multas y las facultades para bloquear contenidos.
- La ley contempla exclusiones y exenciones específicas, pero no una exención expresa para el periodismo.
- Está previsto que las principales disposiciones impugnadas entren en vigor a partir de mayo de 2027.






