Kazajistán amplía las restricciones a las exportaciones de combustibles hasta mayo de 2027, con normas separadas vigentes hasta junio

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Kazakhstan Extends Fuel Export Curbs to May 2027, With Separate Rules Through June

Seis meses más de restricciones a la gasolina y el diésel

Kazajistán ampliará las restricciones a las exportaciones de gasolina, diésel y ciertos otros productos petrolíferos desde el 22 de noviembre de 2026 hasta el 22 de mayo de 2027, incluidos los envíos a otros miembros de la Unión Económica Euroasiática (UEE). El ministro de Energía, Erlan Akkenzhenov, firmó la orden el 30 de octubre, dando prioridad al abastecimiento interno de combustibles frente a la mayoría de las ventas de exportación.

Contenido
  1. Seis meses más de restricciones a la gasolina y el diésel
  2. ¿Qué fechas son importantes?
  3. ¿Qué cambia para los envíos por carretera y los conductores?
  4. Las exportaciones por ferrocarril mantienen una vía para la gasolina autorizada
  5. El combustible para investigación y la ayuda humanitaria requieren autorización
  6. Las exportaciones fuera de la UEE están sujetas a una lista de productos aparte
  7. Por qué un importante productor de petróleo sigue limitando las exportaciones de combustibles
  8. Las previsiones petroleras y el comercio regional ponen la decisión en contexto
  9. La flexibilización para el betún sigue sujeta a condiciones
  10. Puntos clave

La Orden n.º 397-н/қ establece condiciones distintas para los envíos por carretera y por ferrocarril. Mantiene las excepciones para el combustible en los tanques originales de los vehículos, determinados aceites lubricantes, el combustible de aviación utilizado en investigaciones y pruebas, los envíos de gasolina por ferrocarril autorizados y la ayuda humanitaria aprobada por el Gobierno.

Otra restricción, que abarca las exportaciones fuera del territorio aduanero de la UEE, fija su período de vigencia entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2027. La medida incluye destilados ligeros, queroseno de aviación, diésel, gasóleos, tolueno, xileno y betún de petróleo.

La decisión da continuidad a una política vigente, en lugar de reabrir las exportaciones para volver a cerrarlas. La restricción anterior se mantiene hasta el 21 de noviembre, y las nuevas medidas para el transporte por carretera y ferrocarril entran en vigor al día siguiente. Kazajistán ha renovado repetidamente los controles a las exportaciones de combustibles durante varios años para proteger el abastecimiento interno y responder a las diferencias de precios con los países vecinos.

¿Qué fechas son importantes?

El 16 de noviembre es la fecha indicada para la entrada en vigor legal de la orden ministerial. Cada restricción tiene su propio calendario, por lo que las empresas deben distinguir entre la fecha en que el documento entra en vigor y las fechas establecidas para prohibiciones de exportación específicas.

El calendario también presenta una discrepancia sobre las exportaciones fuera de la UEE: el detalle establece que comiencen el 1 de enero, mientras que también se ha señalado el 16 de noviembre como fecha de inicio de esa restricción. Los exportadores afectados por esa diferencia necesitan confirmar cuál es la fecha aplicable antes de organizar los envíos.

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  • 30 de octubre de 2026: El ministro de Energía firma la orden de ampliación.
  • 16 de noviembre de 2026: Está previsto que la orden entre en vigor legalmente.
  • 21 de noviembre de 2026: Último día de la restricción anterior a las exportaciones.
  • Del 22 de noviembre de 2026 al 22 de mayo de 2027: Se aplican las nuevas restricciones para el transporte por carretera y ferrocarril.
  • Del 1 de enero al 30 de junio de 2027: El calendario detallado asigna este período a la restricción separada de las exportaciones fuera del territorio aduanero de la UEE.

La orden también especifica que entra en vigor 10 días después de su primera publicación oficial. Para planificar los envíos, el aspecto central es que los controles para el transporte por carretera y ferrocarril continúan sin interrupción después del 21 de noviembre.

¿Qué cambia para los envíos por carretera y los conductores?

Las exportaciones por carretera están sujetas a restricciones sobre la gasolina, el diésel y otros productos identificados por los códigos aduaneros de la UEE 2709 00, 2710, 2902, 3403, 3811 y 3826 00. Los códigos aduaneros son identificadores numéricos que se utilizan para clasificar los productos en la frontera. La clasificación precisa de un producto ayuda a determinar qué restricción o excepción se aplica.

Determinados aceites lubricantes siguen exentos. La exención se aplica a códigos de productos específicos, por lo que el tipo exacto de aceite determina si un envío comercial puede salir de Kazajistán.

Los conductores aún pueden salir del país con combustible en un tanque instalado por el fabricante del vehículo, pero esta excepción puede utilizarse como máximo una vez al día. La norma se refiere al combustible en el tanque original del vehículo, no a un permiso general para transportar combustible adicional con el fin de venderlo en el extranjero.

El límite diario es importante en las zonas fronterizas, donde los precios más bajos pueden incentivar viajes repetidos. Kazajistán ha registrado anteriormente exportaciones ilegales de combustible relacionadas con las diferencias entre los precios internos y los de los países vecinos. La norma renovada mantiene una autorización para el uso normal de los vehículos, pero limita los traslados repetidos de combustible al amparo de esa excepción.

Las exportaciones por ferrocarril mantienen una vía para la gasolina autorizada

Las restricciones ferroviarias se aplican a los productos petrolíferos incluidos en el código aduanero de la UEE 2710 12. Algunos envíos de gasolina pueden continuar con arreglo a los planes de suministro aprobados por el Ministerio de Energía, lo que permite que los envíos autorizados se realicen pese a las restricciones.

Los grados permitidos incluyen AI-98, AI-95, AI-92 y AI-80. Los números indican el octanaje, que describe la resistencia de la gasolina a la ignición prematura dentro del motor. La autorización depende tanto del plan de suministro aprobado como de la categoría del producto.

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La excepción ferroviaria enumera los códigos aduaneros 2710 12 412 0, 2710 12 413 0, 2710 12 450 0 y 2710 12 490 0. Estos detalles ofrecen a los proveedores una base más precisa para comprobar un envío propuesto que la descripción general de una prohibición de las exportaciones de gasolina.

Los envíos de ayuda humanitaria también pueden transportarse por ferrocarril cuando el Gobierno de Kazajistán los autoriza. Por tanto, las excepciones para el transporte por carretera y por ferrocarril son distintas: las disposiciones para la carretera contemplan los tanques de los vehículos y determinados aceites lubricantes, mientras que las del ferrocarril se centran en los planes de suministro de gasolina aprobados.

El combustible para investigación y la ayuda humanitaria requieren autorización

El combustible de aviación destinado a investigaciones, pruebas y preparativos para la producción industrial puede acogerse a una exención. Entre las actividades contempladas se encuentran las pruebas de laboratorio y de calificación de muestras.

Las organizaciones que recurran a esta excepción necesitan la aprobación del organismo autorizado responsable de la producción de productos petrolíferos. También deben contar con un contrato con la organización que realiza el trabajo y con documentos que especifiquen las cantidades necesarias de combustible y muestras.

Estos requisitos vinculan el permiso a una actividad de investigación o prueba definida. Una empresa que planifique un envío de este tipo debe determinar el propósito, el destinatario y el volumen antes de exportar.

La ayuda humanitaria sigue un proceso de autorización distinto. Los productos petrolíferos pueden exportarse como ayuda si el Gobierno de Kazajistán decide autorizar el envío. La excepción se aplica a la asistencia aprobada por el Gobierno tanto en las disposiciones para el transporte por carretera como en las relativas al ferrocarril.

Las exportaciones fuera de la UEE están sujetas a una lista de productos aparte

La restricción prevista para el período de enero a junio de 2027 abarca los envíos fuera del territorio aduanero de la UEE. Los socios de Kazajistán en la unión son Rusia, Kirguistán, Bielorrusia y Armenia. Las restricciones para el transporte por carretera y ferrocarril también abarcan los envíos a estos países, por lo que pertenecer a la misma unión aduanera no supone una exención general.

La lista de productos sujetos a la restricción de exportación externa va más allá de los combustibles habituales para vehículos. Los destilados ligeros son productos relativamente ligeros separados durante el refinado del petróleo. Los gasóleos son otro grupo de productos de refinería que incluye combustibles utilizados en motores diésel. El tolueno y el xileno son sustancias químicas empleadas en la producción industrial, mientras que el betún de petróleo se utiliza ampliamente para pavimentar carreteras.

Las clasificaciones incluidas abarcan el código 2713 20 000 0 para el betún de petróleo y determinados códigos del grupo 2902 para el tolueno y el xileno. Para las empresas, la disposición aplicable depende de la combinación del destino, el medio de transporte, el código del producto y cualquier excepción aprobada.

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Por qué un importante productor de petróleo sigue limitando las exportaciones de combustibles

Kazajistán produjo cerca de 99,6 millones de toneladas de petróleo en 2025, pero su mercado interno de combustibles aún depende en parte de las importaciones. El petróleo crudo extraído del subsuelo debe pasar por refinerías antes de convertirse en gasolina, diésel o queroseno de aviación. La cantidad de petróleo crudo producido y la cantidad de combustible utilizable disponible en el país son indicadores distintos.

Según datos del Ministerio de Energía, las refinerías de Kazajistán procesaron 18,4 millones de toneladas de crudo en 2025 y produjeron alrededor de 15,5 millones de toneladas de productos petrolíferos. Esa producción cubrió más del 90% de las necesidades internas, aunque quedaron déficits de algunos productos.

Kazajistán importa anualmente cerca de 300.000 toneladas de queroseno de aviación de Rusia, en virtud de un acuerdo que permite las importaciones sin aranceles aduaneros. Para 2025, también tenía previsto recibir hasta 450.000 toneladas de diésel ruso sin aranceles. La cifra del diésel se refiere a la cantidad que podía suministrarse en el marco del acuerdo.

Las autoridades han vinculado las repetidas restricciones a las exportaciones con las necesidades de abastecimiento interno y con unos precios minoristas inferiores a los de los mercados vecinos. La demanda estacional añade presión durante las temporadas agrícolas de siembra y cosecha, así como en la temporada de calefacción. Mantener más combustible dentro de Kazajistán busca garantizar el abastecimiento de los usuarios nacionales.

Las previsiones petroleras y el comercio regional ponen la decisión en contexto

Kazajistán prevé producir 96 millones de toneladas de petróleo en 2026, frente a los cerca de 99,6 millones de toneladas de 2025. Esto supondría una caída de alrededor del 3,6%. El objetivo para 2027 es de aproximadamente 99 millones de toneladas, un aumento cercano al 3,1% respecto de la previsión para 2026.

La producción de 2026 se vio afectada por ataques contra infraestructuras, suspensiones temporales de los envíos a través de las terminales del Consorcio del Oleoducto del Caspio y problemas técnicos en Tengiz, el mayor yacimiento petrolífero del país. Kazajistán también prevé producir 64.500 millones de metros cúbicos de gas en 2026.

Las restricciones a los combustibles se aplican en el marco de una relación comercial mucho más amplia. Según datos de la Oficina Nacional de Estadística, el comercio de Kazajistán con los miembros de la UEE alcanzó los US$20.990 millones entre enero y agosto de 2026, un aumento nominal del 7,3% respecto del año anterior.

Las exportaciones a esos socios sumaron US$6.640 millones, un descenso del 0,2%, mientras que las importaciones alcanzaron los US$14.350 millones, un aumento del 11,2%. Por tanto, las importaciones fueron unas 2,2 veces superiores a las exportaciones. Rusia representó el 87,3% del comercio de Kazajistán con la UEE, seguida de Kirguistán, con el 8,3%; Bielorrusia, con el 4%; y Armenia, con el 0,4%. Estas cifras abarcan el comercio de todos los productos.

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La flexibilización para el betún sigue sujeta a condiciones

Kazajistán estudia levantar las restricciones a las exportaciones de betún para carreteras cuando se haya cubierto por completo la demanda interna. Esto daría a los proveedores la oportunidad de vender en el extranjero los volúmenes restantes una vez satisfechas las necesidades locales.

El betún de petróleo sigue incluido en la restricción a las exportaciones externas prevista hasta el 30 de junio de 2027. No se ha anunciado una fecha para excluirlo de las restricciones. Por tanto, las empresas dedicadas a la construcción de carreteras y al suministro de betún se enfrentan tanto a la intención declarada de permitir las exportaciones como a una restricción que sigue vigente en el calendario anunciado.

El cambio práctico inmediato es la continuidad: la mayoría de los envíos restringidos por carretera y ferrocarril seguirán sujetos a controles hasta el 22 de mayo, mientras que el calendario separado para las exportaciones externas se extiende hasta el 30 de junio. Los conductores mantienen la autorización para el tanque original del vehículo, y las empresas con envíos que cumplan los requisitos para investigación, ayuda humanitaria o transporte ferroviario autorizado conservan vías específicas para obtener permisos.

Puntos clave

  • Las restricciones renovadas de Kazajistán a las exportaciones por carretera y ferrocarril estarán vigentes del 22 de noviembre de 2026 al 22 de mayo de 2027.
  • También están incluidos los envíos a otros miembros de la UEE.
  • Los vehículos pueden salir de Kazajistán con combustible en los tanques instalados por el fabricante, con arreglo a la exención, como máximo una vez al día.
  • Existen excepciones para los planes de suministro de gasolina aprobados, determinados aceites, el combustible de aviación que cumpla los requisitos para investigación y la ayuda autorizada por el Gobierno.
  • El calendario detallado establece restricciones separadas para las exportaciones enumeradas fuera de la UEE, del 1 de enero al 30 de junio de 2027.
  • Las necesidades de abastecimiento interno, las diferencias de precios y la dependencia persistente de los combustibles importados sustentan esta política.
  • La posible flexibilización de las exportaciones de betún depende de que se cubra la demanda interna; no se ha anunciado una fecha para levantar la restricción.
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