No habrá cargos penales, pero los ceses siguen vigentes
La Fiscalía General de Maldivas ha decidido no procesar a los exmagistrados del Tribunal Supremo Dr. Azmiralda Zahir y Mahaz Ali Zahir, lo que añade una nueva dimensión a la disputa por su destitución por parte del Parlamento el 14 de mayo de 2025. Cada destitución recibió 68 votos. Las decisiones de no iniciar procesos penales no anulan las votaciones parlamentarias ni resuelven si los procedimientos disciplinarios fueron legales.
Contenido
- No habrá cargos penales, pero los ceses siguen vigentes
- Abbas cuestiona la independencia de la supervisión judicial
- Las acusaciones de la JSC contra los magistrados
- La votación salió adelante, pero el procedimiento es objeto de disputa
- De una impugnación constitucional a la destitución
- Cómo los cambios de febrero interrumpieron la labor del Tribunal
- La ONU pide proteger la independencia judicial
- Las asociaciones jurídicas exigen algo más que una mayoría de votos
- Lo que las decisiones de la Fiscalía dejan sin resolver
- Puntos clave
En el caso de Azmiralda, los fiscales no encontraron pruebas que respaldaran la existencia de un delito en una investigación policial sobre un presunto abuso de funciones, y la policía cerró posteriormente el caso. En el de Mahaz, la Fiscalía examinó una solicitud de procesamiento de la Comisión Anticorrupción y concluyó que las pruebas no demostraban la comisión de un delito. Los informes que describen estas decisiones de la Fiscalía no especifican sus fechas.
Estos acontecimientos vuelven a dar relevancia a las críticas del diputado por Velidhoo Mohamed Abbas, quien sostuvo que las reformas legales beneficiarían poco a la población mientras no se pusiera fin a la influencia política sobre el poder judicial y la Comisión del Servicio Judicial (JSC) no fuera independiente. Durante el debate sobre las enmiendas a la legislación de procedimiento penal, condenó la destitución de los dos magistrados por considerar que se había llevado a cabo de forma apresurada y sin pruebas que juzgara convincentes.
La disputa comprende ahora tres cuestiones distintas: si se podían demostrar delitos penales, si la conducta de los magistrados justificaba su destitución y si tuvieron una oportunidad justa de defenderse. Los fiscales han decidido no presentar cargos en los casos descritos, mientras que las conclusiones disciplinarias de la JSC y las destituciones parlamentarias siguen siendo decisiones distintas.
Esta distinción importa porque los procesos penales y la disciplina judicial abordan cuestiones jurídicas diferentes. La decisión de no procesar no invalida automáticamente una conclusión ética. Sin embargo, hace especialmente importante que la ciudadanía pueda examinar las pruebas y los fundamentos de una sanción tan grave.
Abbas cuestiona la independencia de la supervisión judicial
Abbas dirigió sus críticas a las instituciones responsables de supervisar a los jueces y modificar la ley. Sostuvo que sucesivos gobiernos habían prometido una JSC independiente sin cumplirlo, y que las enmiendas aprobadas con un propósito político limitado, o para encarcelar a una persona concreta, no beneficiarían a la población.
Describió a Azmiralda y Mahaz como magistrados capaces y formados, y afirmó que los legisladores habían actuado contra ellos en unos 10 o 15 minutos. Esa fue su valoración de la rapidez de la actuación parlamentaria, no una medición documentada de toda la investigación. También acusó a los responsables de su destitución de desacreditar al Parlamento y a la ciudadanía.
Su argumento central fue que cambiar las normas de procedimiento penal no puede compensar la presión política sobre quienes las aplican. La JSC investiga la conducta judicial y puede recomendar destituciones. Por tanto, la independencia en esa etapa determina si las facultades disciplinarias sirven para exigir responsabilidades o se convierten en un medio de presión.
Abbas también planteó quejas distintas sobre proyectos de desarrollo estancados en las islas y acusó a ministros que las visitaban de dar información falsa a sus residentes. Esas fueron acusaciones del diputado. No demostraban hechos sobre los casos judiciales, pero formaban parte de sus críticas más amplias a la rendición de cuentas del Gobierno.
Las acusaciones de la JSC contra los magistrados
Los procedimientos de destitución incluyeron acusaciones de que Azmiralda y Mahaz habían influido indebidamente en jueces del Tribunal Penal en relación con la detención del Dr. Ismail Latheef, esposo de Azmiralda y médico del Hospital Memorial Indira Gandhi. Latheef fue puesto bajo custodia policial el 4 de abril de 2025.
Según la conclusión de la JSC que se dio a conocer, los dos magistrados ejercieron influencia, por medio del juez del Tribunal Penal Safath Habeeb, sobre el juez Ibrahim Zihuny, quien llevaba el caso de detención de Latheef. La comisión concluyó que su conducta infringía la Constitución, la Ley del Poder Judicial y el Código de Conducta para Jueces, y recomendó su destitución.
Otros relatos posteriores sobre las investigaciones también describen una denuncia según la cual los magistrados llamaron e intimidaron a un juez del Tribunal Penal. Otro asunto se refería a la presencia de Azmiralda cuando el secretario adjunto del Tribunal Superior Hussain Mohamed Haneef fue citado al Tribunal Supremo y el juez Husnu Al Suood presuntamente se dirigió a él de forma severa.
Estas acusaciones no deben tratarse como un único episodio delictivo probado. Las suspensiones de febrero precedieron a la detención de Latheef en abril, y los informes no demuestran que todas las investigaciones se refirieran a la misma conducta. Los relatos públicos aquí descritos no presentan todas las pruebas ni los fundamentos que vinculan las distintas denuncias.
La votación salió adelante, pero el procedimiento es objeto de disputa
El Parlamento aprobó la destitución de cada magistrado con 68 votos el 14 de mayo. Un relato registra 11 votos en contra de la destitución. Según esas cifras, quienes apoyaron la medida representaron aproximadamente el 86 % de los 79 votos emitidos, por encima del requisito constitucional de dos tercios de los miembros presentes y votantes.
El umbral numérico no era el único requisito. En su declaración sobre las destituciones, fechada el 10 de mayo de 2025, la Asociación de Abogados de la Commonwealth citó los artículos 154(a) y 154(b) de la Constitución. Estos protegen a los jueces que mantienen una buena conducta y cumplen la ética judicial, y permiten su destitución cuando la JSC concluye que hubo incompetencia grave o falta grave y el Parlamento aprueba la resolución requerida.
Los relatos discrepan profundamente sobre si el proceso cumplió esos requisitos. Según se informó, la Comisión Parlamentaria de Asuntos Judiciales no encontró irregularidades procesales y aceptó las conclusiones de la JSC. Sin embargo, también se informó que la asesora jurídica general del Parlamento, Fathimath Filza, había advertido que la comisión no había completado los procedimientos de investigación adecuados.
También hay discrepancias sobre la oportunidad que tuvieron los magistrados de responder. Un relato afirma que no se les dio esa oportunidad; otro posterior dice que respondieron a la investigación de la JSC. El Instituto de Derechos Humanos de la Asociación Internacional de Abogados (IBAHRI) señaló que sus abogados elegidos no pudieron intervenir y que, inicialmente, no se dieron a conocer los detalles de las acusaciones.
Estos relatos no permiten afirmar simplemente que nunca hubo respuesta alguna. Poder responder en cierta medida no es lo mismo que recibir una notificación adecuada, contar con representación legal y tener una oportunidad significativa de impugnar las pruebas. La disputa se refiere tanto a la calidad y la imparcialidad de la posibilidad de defensa como a si existió.
De una impugnación constitucional a la destitución
La secuencia importa porque la medida disciplinaria interrumpió una impugnación ante el Tribunal Supremo contra enmiendas constitucionales que regulaban cuándo los legisladores pierden sus escaños tras abandonar sus partidos o ser expulsados de ellos. Los críticos sostenían que estas disposiciones daban a los líderes de los partidos un mayor control sobre los representantes elegidos.
Los principales acontecimientos registrados fueron:
- 18 de febrero de 2025: El Tribunal Supremo examinó una impugnación de las disposiciones constitucionales sobre los cambios de afiliación partidaria.
- 24 o 25 de febrero: Se presentó un proyecto de ley para reducir de siete a cinco el número de magistrados del Tribunal Supremo. Los informes discrepan sobre la fecha de presentación.
- 26 de febrero: El Parlamento aprobó el proyecto para reducir el número de magistrados, y la JSC suspendió a Azmiralda, Mahaz y Husnu Al Suood. Se canceló una audiencia prevista sobre una solicitud para suspender la aplicación de las disposiciones constitucionales.
- 4 de abril: La policía puso bajo custodia al Dr. Ismail Latheef, un hecho central en una de las acusaciones posteriores de conducta indebida.
- 4 de mayo: La JSC recomendó la destitución de Azmiralda y Mahaz.
- 14 de mayo: El Parlamento votó a favor de destituir a ambos magistrados.
- 19 de mayo: La Oficina de Derechos Humanos de la ONU expresó públicamente su preocupación por la independencia judicial.
- 9 de junio: El IBAHRI publicó una declaración en la que condenó el proceso de destitución.
La fecha de presentación del proyecto en febrero presenta una discrepancia real: el IBAHRI indica el 25 de febrero, mientras que la cronología parlamentaria detallada sitúa la presentación el 24 de febrero y el debate preliminar el 25 de febrero. Ambos relatos sitúan la aprobación y las suspensiones el 26 de febrero.
Cómo los cambios de febrero interrumpieron la labor del Tribunal
La reducción del número de magistrados, aprobada en febrero, obtuvo 68 votos a favor y nueve en contra, con 79 diputados presentes. Fue una votación distinta de las destituciones de mayo. Reducir de siete a cinco los puestos del Tribunal implicaba eliminar dos, aproximadamente el 29 % de su tamaño anterior.
El proyecto establecía un procedimiento acelerado: la JSC debía declarar incompetentes a dos magistrados en un plazo de cinco días desde la ratificación, y el Parlamento debía decidir sobre su destitución en los siete días siguientes, incluidos los días festivos. Los críticos objetaron que la legislación exigía identificar a los jueces que serían destituidos antes de que una evaluación disciplinaria ordinaria hubiera establecido los motivos.
Diputados de la oposición protestaron, 71 abogados presentaron una petición al Parlamento para que rechazara el proyecto y la asesora jurídica general Filza cuestionó la imparcialidad de seleccionar a dos magistrados para su destitución. El profesor de derecho constitucional Shamsul Falah calificó la rapidez de la aprobación como un abuso de las facultades parlamentarias para recurrir a procedimientos de urgencia. El diputado del partido gobernante Ahmed Azaan Marzooq también se opuso a la medida, aunque afirmó que seguía formando parte del Gobierno.
Las suspensiones se produjeron después de que se notificara una investigación de la Comisión Anticorrupción. El IBAHRI señaló que se había aplicado el artículo 25(p) de la Ley de la Comisión del Servicio Judicial y explicó que permite suspender a jueces a partir de una investigación de otro organismo, sin darles la oportunidad de impugnar esa decisión inicial.
La Asociación de Abogados de la Commonwealth afirmó que las suspensiones impidieron que se tramitara la solicitud de suspensión provisional prevista. Esta habría detenido temporalmente la aplicación de las disposiciones constitucionales impugnadas mientras el Tribunal examinaba el caso. En su declaración del 10 de mayo, la asociación indicó que, en ese momento, seguían pendientes tanto esa solicitud como la resolución de la impugnación constitucional.
Husnu Al Suood renunció posteriormente en señal de protesta y, según se informó, alegó que la medida disciplinaria buscaba influir en el caso constitucional pendiente. La secuencia temporal demuestra que las suspensiones interrumpieron la labor del Tribunal; por sí sola, no prueba el motivo alegado por los críticos.
La ONU pide proteger la independencia judicial
La Oficina de Derechos Humanos de la ONU abordó las destituciones en su declaración del 19 de mayo. El portavoz Jeremy Laurence relacionó las destituciones con las investigaciones de febrero, la renuncia de un tercer magistrado y la posterior jubilación del presidente del Tribunal Supremo.
Laurence dijo que la decisión parlamentaria planteaba preocupaciones que iban más allá de los casos disciplinarios individuales:
«La destitución de dos magistrados del Tribunal Supremo por parte del Parlamento de Maldivas plantea serias dudas sobre el respeto a la independencia del poder judicial».
La oficina también señaló la secuencia de hechos posterior a la impugnación constitucional relacionada con los cambios de afiliación partidaria de los legisladores. Recordó a las autoridades maldivas sus obligaciones, en virtud de la Constitución y del derecho internacional de los derechos humanos, de mantener un poder judicial independiente.
La declaración no determinó si los magistrados cometieron faltas ni emitió una resolución vinculante para anular su destitución. Su preocupación era institucional: los tribunales deben poder examinar las actuaciones del Gobierno y del Parlamento sin presiones indebidas, para que los límites constitucionales y las garantías de derechos humanos sigan siendo efectivos.
Las asociaciones jurídicas exigen algo más que una mayoría de votos
La Asociación de Abogados de la Commonwealth pidió al Parlamento que examinara tanto las pruebas como el procedimiento antes de aprobar la destitución. En su declaración reclamó que se revisaran la notificación, el tiempo de preparación, la posibilidad de presentar pruebas y de interrogar a testigos cuando correspondiera, la representación legal y los fundamentos de la decisión de la JSC.
También indicó que los magistrados habían impugnado las acusaciones y solicitado una audiencia ante la Comisión Parlamentaria de Asuntos Judiciales. A la fecha de su declaración del 10 de mayo, la comisión aún no había accedido a esa solicitud. La asociación instó a rechazar la recomendación si no se cumplían los requisitos constitucionales, procesales o probatorios.
En su declaración del 9 de junio, el IBAHRI citó el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Observación general n.º 32 del Comité de Derechos Humanos, los Principios Básicos de las Naciones Unidas relativos a la independencia de la judicatura, los Principios de Latimer House de la Commonwealth y los Principios de Bangalore sobre la conducta judicial.
Hina Jilani, copresidenta del IBAHRI, pidió modificar la propia disposición sobre las suspensiones:
«El Gobierno de Maldivas debería considerar la posibilidad de enmendar el artículo 25(p) de la Ley de la Comisión del Servicio Judicial para garantizar que las medidas disciplinarias contra los jueces estén sujetas a una revisión independiente y que estos tengan derecho a una audiencia pública e imparcial».
Su propuesta aborda una debilidad concreta señalada por el instituto: una investigación de otra institución puede dar lugar a una suspensión antes de que una revisión independiente determine si esa medida está justificada. El instituto también objetó que los procedimientos se llevaran a cabo sin audiencias públicas, una notificación adecuada o una oportunidad significativa de responder.
Aunque se publicó después de las destituciones de mayo, la declaración del IBAHRI incluía un llamamiento del copresidente Mark Stephens, CBE, para detener los procedimientos de destitución. Esa formulación no debe interpretarse como prueba de que en junio las destituciones parlamentarias aún estaban pendientes de votación.
Lo que las decisiones de la Fiscalía dejan sin resolver
Las decisiones de no iniciar procesos penales no equivalen a sentencias judiciales que absuelvan a los exmagistrados después de un juicio. Significan que los fiscales no encontraron motivos para presentar los cargos penales descritos. El caso policial de Azmiralda se cerró, mientras que la decisión sobre Mahaz se tomó tras examinar una remisión de la Comisión Anticorrupción.
Un relato anterior decía que aún no se había anunciado una decisión sobre Mahaz. Un relato posterior indica que los fiscales también decidieron no procesarlo. Se trata de etapas sucesivas, no de resultados contradictorios. No se identifica ninguna decisión equivalente de la Fiscalía sobre Husnu Al Suood.
La relación exacta entre los expedientes penales y todas las acusaciones disciplinarias sigue sin estar clara. Los informes no incluyen los expedientes completos, el razonamiento detallado de la JSC sobre las pruebas ni una resolución judicial definitiva sobre la legalidad de las destituciones. Sin esa información, no se justifica afirmar de forma general que se refutaron todas las acusaciones ni que se confirmó cada conclusión disciplinaria.
El IBAHRI también señaló un informe del 25 de mayo según el cual se habían iniciado investigaciones contra dos jueces que se opusieron a las destituciones. Advirtió que el castigo o la amenaza de castigo podían desalentar a los jueces de actuar con independencia. La declaración no determinó el resultado de esas investigaciones.
No se indica la fecha de una audiencia para revisar las destituciones, de una decisión sobre la restitución en el cargo ni de la resolución de la impugnación constitucional. La situación concreta es más acotada: dos magistrados perdieron sus cargos en un proceso cuestionado por sus defensores e instituciones jurídicas internacionales, y posteriormente los fiscales decidieron no seguir adelante con los casos penales descritos contra ambos.
Puntos clave
- El Parlamento destituyó al Dr. Azmiralda Zahir y a Mahaz Ali Zahir el 14 de mayo de 2025, con 68 votos a favor de cada destitución.
- Posteriormente, los fiscales decidieron no presentar cargos penales contra ninguno de los dos exmagistrados en los casos descritos.
- El diputado por Velidhoo Mohamed Abbas sostuvo que las reformas legales requieren un poder judicial y una JSC independientes para beneficiar a la población.
- La Comisión de Asuntos Judiciales aceptó el procedimiento de destitución, mientras que el asesor jurídico general del Parlamento y organismos jurídicos internacionales plantearon objeciones.
- Las suspensiones de febrero interrumpieron una audiencia relacionada con las normas constitucionales sobre los cambios de afiliación partidaria de los legisladores.
- La Oficina de Derechos Humanos de la ONU, el IBAHRI y la Asociación de Abogados de la Commonwealth expresaron preocupación por la independencia judicial y la imparcialidad de los procedimientos.
- Las decisiones de la Fiscalía no anulan automáticamente las destituciones, y no se ha indicado la fecha de una restitución en el cargo ni de una audiencia de revisión.






