Una escuela de Indore pide normas obligatorias para las cuentas de niños
La Corte Suprema de India ha solicitado al Gobierno central que responda a una petición que propone restricciones para las cuentas de niños en las redes sociales. Entre ellas figuran prohibir las cuentas a menores de 13 años, exigir el consentimiento y la supervisión de los padres entre los 13 y los 16, y aplicar medidas de protección adicionales entre los 16 y los 18.
Contenido
- Una escuela de Indore pide normas obligatorias para las cuentas de niños
- ¿Qué restricciones propone la petición?
- Por qué la escuela considera insuficientes los controles parentales
- El caso cuestiona el diseño de las plataformas y la recopilación de datos
- ¿Qué daños se alegan?
- El argumento constitucional del caso
- La ley de protección de datos de India establece otra edad mínima
- Cómo avanzó el caso
- Australia y Francia ofrecen modelos distintos
- Puntos clave
Un tribunal integrado por el presidente de la Corte Suprema, Surya Kant, y el juez Joymalya Bagchi emitió notificaciones el 16 de octubre de 2026, después de que la Escuela Internacional Emerald Heights, en Indore, y su director académico, Siddharth Singh Girnar, solicitaran un marco nacional de cumplimiento obligatorio. El tribunal también pidió respuestas a los ministerios de Desarrollo de la Mujer y la Infancia y de Justicia y Derecho, así como a la Comisión Nacional para la Protección de los Derechos del Niño (NCPCR).
El caso se ha vinculado a una petición pendiente y se ha incluido en la agenda para el 7 de diciembre, en lugar de la fecha del 3 de diciembre que se había fijado inicialmente. El tribunal ha solicitado respuestas; las restricciones propuestas aún deben ser examinadas.
La escuela, que afirma tener unos 4.115 estudiantes, sostiene que los padres y los docentes no pueden proteger a los niños por sí solos cuando los servicios que utilizan están diseñados para mantenerlos conectados. En su petición, combina la preocupación por el contacto de desconocidos con los niños, la explotación sexual y el acoso escolar con denuncias sobre interrupciones del sueño, menor concentración y presión por la popularidad en línea.
El caso, denominado The Emerald Heights International School & Anr. v Union of India & Ors., pide al tribunal que establezca la protección infantil como una responsabilidad obligatoria para todas las redes sociales. Su principal demanda va más allá de retirar publicaciones dañinas: busca normas sobre quién puede abrir una cuenta, cómo se comprueba la edad, qué deben autorizar los padres y cómo gestionan las plataformas los datos de los niños.
¿Qué restricciones propone la petición?
La petición solicita al Gobierno central que elabore, publique y aplique un marco regulatorio específico. También pide prohibir las cuentas por debajo de una edad determinada y restringir la creación, el mantenimiento y el uso de cuentas infantiles en plataformas designadas.
La escuela plantea un modelo gradual, pensado para aplicar diferentes medidas de protección a medida que los niños crecen:
- Menores de 13 años: no podrían tener cuentas en redes sociales.
- De 13 a 16 años: el acceso requeriría el consentimiento verificable y la supervisión de un padre, una madre o un tutor, además de una configuración diseñada para niños.
- De 16 a 18 años: el acceso estaría sujeto a medidas de protección de datos y contra el contenido dañino.
La petición también reclama la verificación obligatoria de la edad y un acceso adecuado a la edad del niño. Verificar la edad significa comprobar que el usuario cumple el requisito de edad, en vez de aceptar sin más la fecha de nacimiento que introduce al crear una cuenta. El consentimiento parental verificable significa contar con un método para confirmar que el permiso procede realmente de un padre, una madre o un tutor.
El marco propuesto deja una cuestión importante de aplicación en manos del Gobierno y del tribunal: aún deben decidirse la edad mínima definitiva, las plataformas incluidas y el método para comprobar la edad. Los peticionarios afirman que su propuesta permitiría a los niños seguir usando internet para estudiar, cuidar su salud y comunicarse con sus familias, al tiempo que limitaría el acceso a los servicios comerciales de redes sociales.
Por qué la escuela considera insuficientes los controles parentales
Emerald Heights describe casos de niños menores de la edad mínima que indican las plataformas y que tienen cuentas, reciben mensajes de desconocidos y llegan a la escuela con falta de sueño y dificultades para concentrarse. Según la escuela, estos problemas se observan en las aulas y las residencias, y también se mencionan en conversaciones con los padres.
Según la petición, los padres han expresado preocupación por el exceso de tiempo frente a las pantallas, la ansiedad por la popularidad en línea, la imagen corporal, el aislamiento social y la pérdida de interés por los estudios y las actividades al aire libre. La escuela sostiene que los adultos quizá no adviertan el daño hasta que sea grave.
La abogada de los peticionarios, Khushbu Jain, afirmó que el caso se refiere a las condiciones en las que crecen los niños y a la responsabilidad del Gobierno de protegerlos:
La Constitución no contempla una infancia marcada por la explotación, la angustia o el abandono. Exige que los niños se desarrollen de manera saludable, en condiciones de libertad y dignidad. Sin embargo, a nuestro juicio, el entorno de las redes sociales en el que viven hoy los niños está muy lejos de ser el entorno seguro que merecen
La escuela sostiene que los controles parentales y las medidas voluntarias de las empresas no pueden abordar el problema en su totalidad, porque los riesgos derivan tanto del funcionamiento de las plataformas como del material que se publica en ellas. Propone establecer obligaciones exigibles para todos los servicios, en lugar de depender principalmente de la capacidad de cada familia para supervisar la actividad de un niño.
El caso cuestiona el diseño de las plataformas y la recopilación de datos
La petición señala el desplazamiento infinito, la reproducción automática, las rachas, los «me gusta» y las notificaciones constantes como funciones que fomentan el uso prolongado. El desplazamiento infinito sigue mostrando publicaciones sin un punto natural para detenerse, mientras que la reproducción automática inicia otro video sin que el usuario tenga que elegirlo.
La escuela sostiene que estas funciones pueden ejercer una presión particular sobre los niños. Un niño que intenta mantener una racha o seguir las reacciones a una publicación puede volver repetidamente a una aplicación, mientras que las recomendaciones pueden seguir mostrándole contenido mucho después de que haya iniciado sesión por primera vez.
La elaboración de perfiles de comportamiento es otro de los objetivos. Consiste en analizar acciones como lo que una persona ve, marca con «me gusta» o pulsa para predecir sus intereses y decidir qué mostrarle después. La petición reclama medidas de protección frente a la recopilación y el uso de información sobre el comportamiento de los niños con el fin de mantenerlos conectados durante más tiempo.
La escuela también cuestiona el papel de los sistemas de recomendación cuando muestran contenido dañino a un niño que nunca lo buscó. Su argumento jurídico atribuye a las plataformas la responsabilidad por sus decisiones de diseño y distribución, además de por la gestión del contenido que suben los usuarios.
¿Qué daños se alegan?
La petición describe riesgos que van desde el ciberacoso y la suplantación de identidad hasta el engaño con fines de explotación, la explotación sexual, el chantaje y la difusión de imágenes privadas. El engaño con fines de explotación consiste en ganarse la confianza de un niño para manipularlo o explotarlo, también con fines sexuales.
Los niños también pueden sufrir coacción relacionada con imágenes íntimas o quedar expuestos a material violento, sexualmente explícito, sobre autolesiones o relacionado con el suicidio. Los peticionarios sostienen que estos peligros exigen medidas de protección sobre el contacto entre usuarios y el acceso al contenido, así como actuaciones una vez que se ha producido un abuso.
Entre los problemas de salud mental y física mencionados figuran la depresión, la ansiedad, la angustia emocional, la disminución de la autoestima, la insatisfacción con la imagen corporal, los trastornos alimentarios y las alteraciones del sueño. La escuela los presenta como riesgos vinculados a las experiencias de los niños en las redes sociales y pide al Gobierno que los aborde con medidas de protección obligatorias.
Una cifra concreta citada en la petición procede de un estudio de la NCPCR de 2021: el 37,8 % de los niños de 10 años encuestados tenía una cuenta de Facebook. La escuela utiliza ese dato para cuestionar la confianza en la edad mínima de 13 años que suelen fijar las plataformas y en las fechas de nacimiento introducidas por los propios usuarios.
El argumento constitucional del caso
La escuela presentó una demanda de interés público al amparo del artículo 32 de la Constitución, que permite acudir a la Corte Suprema para exigir el respeto de los derechos fundamentales. El abogado Vaibhav Choudhary presentó la petición, redactada por los abogados Khusbhu Jain, Mayank Singh Rawat y Zaid Ahmed.
La petición invoca el artículo 14, relativo a la igualdad; el artículo 15(3), que permite adoptar disposiciones especiales para las mujeres y los niños; el artículo 21, que protege la vida y la libertad personal; y el artículo 21A, relativo al derecho a la educación. Sostiene que la falta continuada de medidas eficaces del Gobierno para proteger a los niños de daños previsibles en internet vulnera sus derechos constitucionales.
Los artículos 39(e) y 39(f) también forman parte del caso. Son principios rectores que orientan las políticas del Gobierno, entre ellos la protección frente a los abusos y las oportunidades para que los niños se desarrollen en libertad y dignidad. La petición también se basa en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, incluidos el interés superior de la infancia y la protección frente a la violencia y la explotación.
Los peticionarios solicitan un mandamiento judicial de cumplimiento, una orden que obliga a una autoridad pública a cumplir un deber legal. Sostienen que el Gobierno central tiene competencias para regular los servicios digitales y debería utilizarlas para establecer medidas de protección exigibles para los niños.
La ley de protección de datos de India establece otra edad mínima
La Ley de Protección de Datos Personales Digitales de 2023 considera niño a toda persona menor de 18 años. Sus disposiciones de protección infantil exigen el consentimiento parental verificable antes de tratar datos personales de niños y restringen el seguimiento, la supervisión del comportamiento y la publicidad dirigida a los niños, de acuerdo con el marco de la ley.
La petición afirma que estas disposiciones entrarán en vigor en mayo de 2027. Señala que la ley recibió la aprobación presidencial el 11 de agosto de 2023 y que las normas se notificaron el 13 de noviembre de 2025. Sostiene que la demora obliga a los niños a esperar por unas medidas de protección que el Parlamento ya aprobó.
La edad de 18 años que establece la ley de protección de datos y la edad de 13 años que suelen utilizar las plataformas tienen finalidades distintas. La primera determina quién recibe medidas de protección específicas para niños en el marco de la ley india de datos. La segunda es la edad mínima que suelen fijar las plataformas para abrir una cuenta. La petición reclama normas nacionales que vinculen el acceso a las cuentas, la comprobación de la edad y la protección de datos.
La escuela también sostiene que un niño puede eludir las medidas destinadas a los menores si introduce una fecha de nacimiento correspondiente a un adulto. Su propuesta combina la verificación de la edad con el consentimiento parental y restricciones adaptadas a distintos grupos de edad. El Estudio Económico 2025-26 también ha recomendado medidas de protección, como la verificación de la edad y una configuración predeterminada adecuada a la edad de los usuarios.
Cómo avanzó el caso
La petición de la escuela se suma a otra impugnación sobre la apertura y el mantenimiento de cuentas en redes sociales por parte de menores. La Corte Suprema ha vinculado ahora el caso de la escuela con una petición pendiente, de modo que las demandas relacionadas con la protección se tramitarán en el mismo proceso.
Las principales fechas muestran el paso de la solicitud de medidas de protección a una audiencia programada:
- 10 de septiembre de 2026: un tribunal presidido por el presidente de la Corte Suprema, Surya Kant, solicitó al Gobierno central que respondiera a una petición relacionada presentada por una organización sin fines de lucro dedicada a los derechos de la infancia.
- 13 de octubre de 2026: la petición de la escuela ya se había presentado y estaba a la espera de una fecha de audiencia.
- 16 de octubre de 2026: el presidente de la Corte Suprema, Surya Kant, y el juez Joymalya Bagchi emitieron notificaciones y vincularon el caso con una petición pendiente.
- 7 de diciembre de 2026: el caso está incluido en la agenda para una nueva audiencia.
- Mayo de 2027: según la petición, está previsto que entren en vigor las disposiciones de protección infantil de la ley de datos.
Durante la audiencia del 10 de septiembre, el tribunal presidido por Surya Kant describió así la necesidad de protección:
India necesita algunas medidas de protección. Es necesario establecer algún tipo de barrera para proteger a nuestros niños
Las respuestas del Gobierno y de la NCPCR serán fundamentales en la próxima etapa, cuando el tribunal examine las demandas relativas al acceso a las cuentas, las responsabilidades de las plataformas y los plazos para aplicar las medidas de protección legales.
Australia y Francia ofrecen modelos distintos
Desde el 10 de diciembre de 2025, Australia aplica una edad mínima de 16 años para tener cuentas en determinadas redes sociales. Su enfoque exige a las empresas que adopten medidas razonables para impedir que los niños menores tengan cuentas. La petición india cita restricciones que afectaron a unos 4,7 millones de cuentas de niños menores de 16 años en aproximadamente cinco semanas.
La ley francesa de 2023 estableció la autorización parental para las cuentas en redes sociales de menores de 15 años. Estos ejemplos muestran dos enfoques distintos en el debate: excluir a los niños más pequeños de determinados servicios o condicionar el acceso a la autorización de los padres.
El modelo propuesto por la escuela de Indore combina límites de edad, participación de los padres y medidas de protección adicionales para los adolescentes mayores. Sus efectos prácticos variarían según la edad: los niños más pequeños perderían el acceso a las cuentas, los padres de los niños del grupo intermedio tendrían una función formal de consentimiento y supervisión, y las plataformas deberían aplicar medidas de protección para los menores de más edad.
En India, la decisión pendiente se refiere tanto al acceso como a la responsabilidad. La escuela quiere un marco nacional común que abarque los servicios utilizados en distintos estados y establezca obligaciones exigibles para las empresas, en lugar de dejar la protección principalmente en manos de las escuelas y las familias.
Puntos clave
- El 16 de octubre de 2026, la Corte Suprema solicitó respuestas a la petición de una escuela de Indore que reclama medidas obligatorias para proteger a los niños en las redes sociales.
- El tribunal estaba integrado por el presidente de la Corte Suprema, Surya Kant, y el juez Joymalya Bagchi.
- La petición propone prohibir las cuentas a menores de 13 años, exigir el consentimiento y la supervisión de los padres entre los 13 y los 16, y aplicar medidas de protección adicionales entre los 16 y los 18.
- Sus demandas abarcan la verificación de la edad, el contenido dañino, el contacto de desconocidos, la elaboración de perfiles de comportamiento y las funciones que fomentan el uso prolongado.
- La petición cita un estudio de la NCPCR de 2021, según el cual el 37,8 % de los niños de 10 años encuestados tenía una cuenta de Facebook.
- La próxima audiencia está prevista para el 7 de diciembre. Las restricciones propuestas aún deben ser examinadas.






