Dos años para redefinir los límites entre la justicia militar y la civil
El Tribunal Constitucional de Indonesia dio al Parlamento y al Gobierno hasta el 15 de octubre de 2028 para reformar la Ley de Tribunales Militares del país y ordenó establecer límites más claros sobre qué delitos relacionados con militares deben juzgarse en tribunales militares y cuáles deben pasar a la justicia ordinaria.
Contenido
- Dos años para redefinir los límites entre la justicia militar y la civil
- ¿Qué delitos deben juzgar los tribunales militares?
- Las familias detrás de la impugnación
- Por qué las fuerzas armadas defendieron un sistema separado
- El Parlamento, advertido sobre una transición fragmentada
- Por qué importa el control del Tribunal Supremo
- Un mandato de reforma pendiente desde 2004
- Cómo llegó el caso al fallo
- Qué implica la transición para las víctimas y los legisladores
- Puntos clave
El presidente del Tribunal, Suhartoyo, leyó el fallo del caso n.º 260/PUU-XXIII/2025 el 15 de octubre de 2026. El tribunal admitió la demanda presentada por Lenny Damanik y Eva Meliani Br Pasaribu, dos mujeres cuyas familias sufrieron muertes vinculadas a acusaciones que involucraban a personal militar.
La decisión impone un plazo constitucional a la Ley n.º 31 de 1997 sobre Tribunales Militares. El Parlamento y el Gobierno tienen un máximo de dos años desde el fallo para modificarla. Si no lo hacen, la ley perderá su fuerza jurídica vinculante.
El tribunal pidió una reforma integral: definiciones claras de los delitos militares y ordinarios, límites entre la competencia de los tribunales militares y los generales, integración plena de la justicia militar bajo la autoridad del Tribunal Supremo y normas sobre los tribunales de campaña y el procedimiento penal.
Para las familias que buscan justicia, la cuestión central es sencilla. Cuando se acusa a un soldado de un delito ordinario, ¿debe conocer del caso un tribunal por el uniforme de la persona o por el tipo de delito que se le imputa? El razonamiento del tribunal sitúa la naturaleza del delito en el centro de esa decisión.
La magistrada del Tribunal Constitucional Enny Nurbaningsih explicó el principio al leer los fundamentos jurídicos:
«Si un soldado comete un delito penal ordinario, lo más adecuado desde el punto de vista formal es que lo juzgue un tribunal general».
¿Qué delitos deben juzgar los tribunales militares?
El artículo 9, apartado 1, de la ley de 1997 otorga a los tribunales militares competencia para juzgar delitos penales cometidos por soldados y por ciertas otras personas contempladas en la legislación. Los demandantes impugnaron la referencia amplia a los delitos penales, junto con el artículo 43(3) y el artículo 127.
La redacción importa porque la competencia es la autoridad legal de un tribunal para conocer de un caso. Según el sistema impugnado por los demandantes, la condición militar de la persona acusada puede determinar qué tribunal verá el caso, incluso cuando se le imputa un delito ordinario.
Entre los ejemplos que presentaron figuran la corrupción, las infracciones de tránsito, la violencia doméstica, los narcóticos, las sustancias psicotrópicas y los delitos relacionados con la protección infantil. Son ámbitos del derecho penal que también se aplican fuera de la vida militar.
El tribunal explicó que los delitos militares tienen una relación particular con las obligaciones del servicio, las estructuras de mando, la disciplina o los intereses específicos de las fuerzas armadas. Evaluar esas conductas puede requerir conocimientos tanto de las obligaciones militares como del derecho penal. El magistrado Arsul Sani, al leer parte de los fundamentos, señaló que la competencia militar se justifica por esa materia específica y no simplemente porque la persona acusada sea soldado.
El tribunal aceptó el argumento de que la expresión «delitos penales» del artículo 9, apartado 1, debe entenderse como delitos penales militares. También exigió una labor legislativa más amplia, en lugar de una reforma limitada a esas palabras. Toda excepción que permita a los tribunales militares juzgar delitos ordinarios durante una guerra en zonas de combate deberá formularse en la ley de manera específica y restrictiva.
Las familias detrás de la impugnación
Lenny Damanik es la madre de Michael Histon Sitanggang, un estudiante de Medan que murió a los 15 años en mayo de 2024 tras una presunta agresión en la que habría participado el sargento primero Riza Pahlevi. Su impugnación llevó la exigencia de rendición de cuentas de una familia a una disputa constitucional sobre el sistema judicial.
Eva Meliani Br Pasaribu es hija del periodista Rico Sempurna Pasaribu. Él murió junto con su esposa, su hijo y su nieto en un incendio presuntamente relacionado con una investigación periodística sobre apuestas que, según se afirmó, contaban con apoyo militar. Eva también es madre de Loin Situngkir, que tenía tres años.
Eva expresó su esperanza de que el personal militar responsable de la muerte de su padre pudiera ser juzgado en tribunales generales. Lenny esperaba que la decisión ayudara a otras víctimas de delitos cometidos por militares.
Durante el proceso, las fuerzas armadas cuestionaron acusaciones importantes. En su declaración de marzo, el TNI, las fuerzas armadas de Indonesia, dijo que no se había probado la presunta participación del cabo H.B. en un asesinato planificado, y citó una decisión de casación y los resultados de la investigación. El caso constitucional abordó las normas que rigen la justicia militar, mientras las familias seguían buscando que se exigieran responsabilidades mediante procesos penales.
El TNI también informó al tribunal de que un fiscal militar había solicitado la casación en el caso de Riza Pahlevi mediante la solicitud n.º APK/67K/PMI02/AD/II/2026. La casación es una instancia de revisión ante el Tribunal Supremo.
Por qué las fuerzas armadas defendieron un sistema separado
El vicealmirante Hersan presentó la postura del comandante del TNI en una audiencia celebrada el 12 de marzo de 2026. La transcripción de la audiencia de marzo del Tribunal Constitucional recoge la petición de las fuerzas armadas de que se rechazara la demanda o se declarara inadmisible.
El comandante sostuvo que el servicio militar requiere un sistema judicial propio debido a las estructuras de mando, la disciplina, la preparación y las responsabilidades de defensa nacional. Desde ese punto de vista, la igualdad ante la ley puede funcionar mediante estructuras institucionales distintas.
El TNI también cuestionó la legitimación procesal de los demandantes y sostuvo que no habían demostrado una relación constitucional entre el perjuicio alegado y las disposiciones impugnadas. La legitimación procesal exige que una persona demuestre tener un interés jurídico suficiente para presentar un caso.
En cuanto a la transparencia, las fuerzas armadas citaron el artículo 141(2) y (3) de la ley de 1997 y afirmaron que las audiencias militares son públicas, salvo excepciones específicas. También citaron el artículo 2 del Código Penal Militar sobre la aplicación del derecho penal ordinario a los delitos no contemplados en ese código, con sujeción a las excepciones legales.
Tras el fallo, el general de división Muhammad Nas, director del Centro de Información del TNI, dijo que las fuerzas armadas respetaban y acatarían todas las decisiones del Tribunal Constitucional. También reafirmó el compromiso de la institución con el Estado de derecho y la supremacía de la ley en Indonesia.
El Parlamento, advertido sobre una transición fragmentada
Abdullah, miembro de la Comisión III del Parlamento, defendió las disposiciones vigentes en la audiencia del 25 de febrero de 2026. El informe de la audiencia de febrero del Tribunal Constitucional recoge su argumento de que modificar por partes la competencia de los tribunales militares podría dejar vacíos legales.
Abdullah afirmó que la transición abarcaba el contenido del derecho penal, las estructuras institucionales y los intereses de defensa y seguridad. Al referirse a la decisión n.º 87/PUU-XXI/2023 del Tribunal Constitucional, sostuvo que esos cambios requerían un proceso legislativo más amplio.
También afirmó que la Fiscalía Militar estaba coordinada por el fiscal general adjunto para delitos militares con el fin de mantener una política común de acusación. La postura del Parlamento era que el artículo 9, apartado 1, el artículo 43(3) y el artículo 127 seguían siendo constitucionales y vinculantes.
El fallo de octubre exige la reforma integral que el Parlamento había considerado necesaria, con un plazo firme y consecuencias en caso de inacción. Ahora los legisladores deben decidir cómo gestionarán las instituciones los casos conforme a la nueva distribución de competencias.
Por qué importa el control del Tribunal Supremo
La orden del tribunal va más allá de decidir dónde debe juzgarse una acusación penal. También pide que la justicia militar quede plenamente bajo la autoridad del Tribunal Supremo, mediante lo que Indonesia denomina el sistema judicial de una sola instancia.
El reclutamiento y el desarrollo profesional del personal de los tribunales militares han seguido bajo la autoridad del comandante del TNI, en lugar de quedar plenamente en manos del Tribunal Supremo. El fallo señala que esta integración incompleta forma parte de la tarea institucional que deben abordar los legisladores.
La cuestión práctica es quién gestiona al personal que administra justicia. Incorporar su gestión a una estructura judicial unificada forma parte del esfuerzo del tribunal por garantizar la independencia judicial y reducir los conflictos de intereses.
El artículo 43(3) plantea otro aspecto del problema. Según la declaración del TNI en la audiencia, otorga al Tribunal Militar Principal autoridad para resolver desacuerdos entre un fiscal militar y el oficial responsable de remitir un caso, cuando discrepan sobre si debe llegar a juicio o resolverse fuera de los tribunales.
La ley revisada también debe establecer un mecanismo claro para resolver desacuerdos sobre si un caso corresponde a la jurisdicción militar o a la general. Las definiciones, por sí solas, no resolverán los casos difíciles si las instituciones carecen de procedimientos eficaces para aplicarlas.
Un mandato de reforma pendiente desde 2004
La Ley n.º 34 de 2004 sobre el TNI ya establece la división que está en el centro de esta disputa. El artículo 65(2) dispone que los soldados estén sujetos a los tribunales militares por delitos penales militares y a los tribunales generales por delitos penales ordinarios.
El artículo 74 vincula la aplicación de esta disposición a la aprobación de una nueva ley de tribunales militares. Esa relación ha dejado la división prevista supeditada a una legislación que aún no se había aprobado cuando el Tribunal Constitucional emitió su fallo en octubre de 2026.
El tribunal dijo que el mandato de 2004 llevaba 22 años sin cumplirse. Si los legisladores agotan ahora los dos años que tienen, el plazo entre la ley de 2004 y octubre de 2028 será de 24 años.
La Ley de Tribunales Militares de 1997 se aprobó antes del periodo de reformas de Indonesia y de las posteriores enmiendas constitucionales. El tribunal dijo que debe adaptarse al fortalecimiento de las garantías constitucionales de justicia independiente, igualdad ante la ley y derechos individuales.
El fallo también hizo referencia al artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece normas para garantizar un proceso justo ante un tribunal independiente. El tribunal vinculó el uso de tribunales generales para delitos ordinarios con la rendición de cuentas, la independencia y la prevención de la impunidad, es decir, la ausencia de responsabilidad legal.
Cómo llegó el caso al fallo
El informe de la audiencia inicial del Tribunal Constitucional recoge los argumentos de los demandantes sobre la igualdad ante la ley y la supremacía civil, es decir, la autoridad civil sobre las fuerzas armadas. Su abogado, Ibnu Syamsu Hidayat, sostuvo que la amplia competencia militar sobre delitos ordinarios debilitaba ambos principios.
El proceso avanzó por estas etapas principales:
- 8 de enero de 2026: La audiencia inicial examinó la demanda y el perjuicio constitucional alegado por Lenny y Eva.
- 21 de enero de 2026, al mediodía, hora de Indonesia occidental: Venció el plazo para presentar una demanda revisada.
- 25 de febrero de 2026: El Parlamento defendió las disposiciones vigentes y advirtió contra los cambios parciales.
- 12 de marzo de 2026: El tribunal escuchó la postura del comandante del TNI en una sesión celebrada entre las 13:02 y las 13:33, hora de Indonesia occidental.
- 15 de octubre de 2026: El tribunal admitió la demanda y ordenó una reforma integral.
- 15 de octubre de 2028: Vence el plazo para modificar la ley.
La página del Tribunal Constitucional sobre la audiencia inicial indica que tuvo lugar el 8 de enero de 2026, pero en el texto menciona el 8 de enero de 2025. El plazo para revisar la demanda, fijado para enero de 2026, y los informes posteriores sitúan la audiencia inicial en 2026.
El magistrado M. Guntur Hamzah había recomendado a los demandantes reforzar las pruebas fácticas del perjuicio constitucional. Consideró relativamente sólido su argumento sobre la legitimación procesal respecto del artículo 9, pero les pidió argumentos más completos sobre las demás disposiciones. En la audiencia de marzo, sus abogados tenían previsto presentar cuatro peritajes: dos por escrito y dos de forma presencial.
Qué implica la transición para las víctimas y los legisladores
El fallo asigna al Parlamento y al Gobierno una tarea definida y un plazo: reemplazar una competencia amplia basada en la condición de la persona por normas claras vinculadas a la naturaleza del delito, y reorganizar las instituciones que aplican esas normas.
El abogado de los demandantes, Irvan Saputra, celebró la decisión como un paso progresista y destacó las consecuencias de incumplir el plazo de dos años. El también abogado Ibnu Syamsu Hidayat criticó la duración de la transición y pidió que los soldados acusados de delitos ordinarios pasen antes a los tribunales generales.
No se anunció un calendario para trasladar determinados casos pendientes a los tribunales generales. Por tanto, las familias que llevan adelante casos individuales deberán esperar a que se establezcan los procedimientos para esa transición, mientras siguen los procesos penales correspondientes.
La labor legislativa incluye ahora definir ambas categorías de delitos, establecer excepciones limitadas para tiempos de guerra, resolver disputas entre sistemas judiciales, revisar el procedimiento penal y completar la integración bajo la autoridad del Tribunal Supremo. Cada uno de estos elementos influye en que las víctimas, los fiscales y los jueces puedan identificar la institución competente sin que surja otra disputa prolongada.
Puntos clave
- El Tribunal Constitucional admitió el caso n.º 260/PUU-XXIII/2025 el 15 de octubre de 2026.
- El Parlamento y el Gobierno tienen hasta el 15 de octubre de 2028 para revisar la Ley n.º 31 de 1997.
- La ley perderá su fuerza jurídica vinculante si las modificaciones necesarias no se aprueban en un plazo de dos años.
- El tribunal afirmó que los delitos ordinarios cometidos por soldados deben corresponder a la jurisdicción de los tribunales generales, con excepciones limitadas y claramente definidas para tiempos de guerra.
- La reforma debe aclarar la competencia judicial y el procedimiento penal, y completar la integración de la justicia militar bajo la autoridad del Tribunal Supremo.
- El TNI afirmó que respeta y acatará los fallos del Tribunal Constitucional.






