Se suspende el cobro de impuestos antes de la audiencia de diciembre
La Corte Suprema de Bangladesh suspendió una orden para recuperar 6.669.152.370 takas en impuestos sobre la renta en disputa a Grameen Kalyan, la organización benéfica fundada por el premio Nobel Muhammad Yunus. Está previsto que el pleno de la Sala de Apelaciones escuche el 13 de diciembre de 2026 las dos peticiones de la organización para obtener autorización para apelar.
Contenido
- Se suspende el cobro de impuestos antes de la audiencia de diciembre
- Qué cambia con la orden del juez de cámara
- Por qué el Tribunal Superior confirmó la reclamación
- Cómo el acuerdo de inversión originó la disputa
- Dos interpretaciones del mismo dinero
- ¿Cuánto se reclama por cada año?
- Por qué podía impugnarse la reliquidación
- Un caso que volvió varias veces a audiencia
- Qué implicaría el cobro
- Puntos clave
El juez de cámara Md Rezaul Haque emitió la orden el 18 de octubre, tras escuchar la impugnación de Grameen Kalyan a un fallo del Tribunal Superior que abarcaba cinco años fiscales, de 2012-13 a 2016-17. El monto reclamado suele describirse como 666 crore de takas, aunque la cifra exacta es de unos 666,92 crore. Un crore equivale a 10 millones de takas.
El efecto inmediato es que la Junta Nacional de Ingresos (NBR, por sus siglas en inglés) no puede intentar recuperar el dinero mientras esté vigente la suspensión, dijo el fiscal general adjunto Md Mehedi Hasan. La orden suspende la instrucción del Tribunal Superior de cobrar rápidamente; la decisión de que la reclamación tributaria era legal sigue vigente mientras continúa el proceso de apelación.
La disputa gira en torno a una cuestión práctica: cuando Grameen Kalyan recibió dinero mediante un acuerdo de inversión con Grameen Telecom, ¿ese dinero era un dividendo o se trataba de otro tipo de ingreso sujeto al impuesto ordinario? Una segunda cuestión está estrechamente relacionada: ¿podían los impuestos pagados a nombre de otra organización imputarse a la propia deuda tributaria de Grameen Kalyan?
Grameen Kalyan afirma que ya se habían retenido impuestos de los dividendos subyacentes. Las autoridades tributarias y el Tribunal Superior consideraron que las organizaciones eran contribuyentes distintos, por lo que la identidad del beneficiario y los documentos que acreditaban el pago se volvieron elementos centrales del caso.
Qué cambia con la orden del juez de cámara
Grameen Kalyan presentó su impugnación ante la Sala de Apelaciones el 18 de octubre. El abogado principal Abdullah Al Mamun representó a la organización ante el juez de cámara, quien atiende las solicitudes que requieren consideración antes de que las examine un pleno más amplio.
La organización presentó dos peticiones de autorización para apelar. En ellas solicita a la Sala de Apelaciones permiso para impugnar las decisiones del Tribunal Superior. La audiencia de diciembre es, por tanto, la siguiente etapa de un proceso judicial que comenzó con dos recursos de amparo en 2017.
El fiscal general adjunto Mehedi Hasan dijo que la suspensión se mantendría hasta el 13 de diciembre. Mamun señaló que la protección seguiría vigente hasta que se resolviera la apelación. Ambos afirmaron que, por ahora, la NBR no podía cobrar el monto en disputa; la audiencia del 13 de diciembre es la próxima fecha prevista ante el tribunal.
Para Grameen Kalyan, el cambio inmediato es que queda protegida de las medidas de cobro contempladas en la instrucción del Tribunal Superior. La cuestión de cuánto impuesto debe finalmente pasa ahora a la Sala de Apelaciones.
Por qué el Tribunal Superior confirmó la reclamación
Los jueces Md Mozibur Rahman Miah y Rezaul Karim desestimaron el 10 de septiembre de 2026 los dos recursos de amparo de Grameen Kalyan y confirmaron la reliquidación. Una cronología procesal indica que el nuevo pleno rechazó los recursos el 11 de septiembre; los relatos sobre el fallo en sí sitúan la decisión el 10 de septiembre.
Los fallos escritos del pleno tenían 15 y 32 páginas. Se firmaron el 12 de octubre. Las fechas de publicación indicadas son el 12, el 13 y el 15 de octubre; los relatos sobre la publicación en el sitio web de la Corte Suprema señalan el 12 de octubre.
El Tribunal Superior ordenó al presidente de la NBR y a otros funcionarios recuperar conforme a la ley los impuestos impagados. En uno de los fallos, el pleno expuso su instrucción:
«Se ordena a los demandados adoptar de inmediato las medidas necesarias para recuperar del demandante los impuestos impagados, mediante la emisión de la correspondiente notificación de pago. Comuníquese sin demora a los demandados una copia de esta sentencia y orden».
El tribunal también levantó una suspensión anterior. Su instrucción de cobro hizo que el fallo tuviera consecuencias inmediatas para la organización y motivó la solicitud que dio lugar a la suspensión del 18 de octubre.
Cómo el acuerdo de inversión originó la disputa
Grameen Kalyan se estableció en 1996 y se registró en noviembre de ese año conforme a la Ley de Sociedades. Se registró ante la Oficina de Asuntos de ONG en julio de 2002. La organización se creó para apoyar actividades benéficas, incluidos hospitales y clínicas que atienden a personas desfavorecidas.
Su vínculo con Yunus es el de fundador y expresidente. El abogado Khaja Tanvir Ahmed dijo que Yunus no estaba asociado con las organizaciones Grameen desde 2024. La reclamación tributaria en cuestión es contra Grameen Kalyan.
El acuerdo financiero involucró a tres organizaciones: Grameen Kalyan aportó fondos a Grameen Telecom, que invirtió en acciones de Grameenphone a su propio nombre. Después, Grameen Telecom acordó transferir a Grameen Kalyan una parte de las ganancias obtenidas de los dividendos correspondientes.
El Tribunal Superior examinó un acuerdo de participación accionaria fechado el 13 de abril de 2011, según el cual Grameen Kalyan tenía derecho al 42,65 % de las ganancias pertinentes. Una descripción de un acuerdo anterior, de 2004, indica una participación del 42,50 % y una financiación de 532.562.941 takas.
La disputa incluye 285,58 crore de takas recibidos de Grameen Telecom y declarados como ingresos por dividendos. Grameen Kalyan declaró ingresos totales por dividendos de 285,83 crore de takas para el año fiscal pertinente, lo que significa que el pago de Grameen Telecom representó casi todos los ingresos declarados de esa categoría.
Un dividendo es un pago que una empresa entrega a sus accionistas con cargo a sus ganancias. La cuestión jurídica era si el derecho contractual de Grameen Kalyan a recibir parte de los ingresos de Grameen Telecom hacía que el dinero recibido tuviera el mismo tratamiento tributario que un dividendo pagado directamente a un accionista.
Dos interpretaciones del mismo dinero
La postura de la NBR era que el pago a Grameen Kalyan constituía un rendimiento de inversión, equivalente en la práctica a intereses o a ingresos de otras fuentes, y no a ingresos por dividendos. La reliquidación aplicó una tasa impositiva del 35 % a los ingresos determinados.
Grameen Kalyan sostuvo que Grameenphone ya había retenido impuestos cuando pagó los dividendos que financiaron el acuerdo. Mamun dijo que la retención había sido del 15 % y que cobrar impuestos adicionales implicaría gravar dos veces los mismos ingresos.
Al explicar la objeción de Grameen Kalyan al tratamiento tributario, Mamun dijo:
«¿Por qué debería imponerse un impuesto adicional si ese impuesto ya se pagó? Esa es la pregunta que nos llevó ante el tribunal. Sin embargo, el asunto se presentó como un caso de evasión fiscal».
El Tribunal Superior se centró en quién era propietario de las acciones y a nombre de quién se habían pagado los impuestos. Concluyó que, según el acuerdo, Grameen Kalyan no era accionista de Grameenphone y no tenía derecho a la propiedad de esas acciones. Por ello, aceptó que el pago de Grameen Telecom se tratara como ingreso de otras fuentes.
El tribunal también dijo que no había encontrado pruebas de retenciones fiscales a nombre de Grameen Kalyan ni documentos válidos de pago al Tesoro que acreditaran un pago en su nombre. Según el fallo, los documentos a nombre de Grameen Telecom no podían considerarse pagos de impuestos de Grameen Kalyan.
¿Cuánto se reclama por cada año?
El fiscal general adjunto Abdus Samad Azad detalló la reclamación de la NBR para los cinco años fiscales evaluados. Las cifras suman 6.669.152.370 takas:
- 2012-13: 1.892.525.466 takas, aproximadamente 189,25 crore.
- 2013-14: 1.327.746.012 takas, aproximadamente 132,77 crore.
- 2014-15: 1.140.282.574 takas, aproximadamente 114,03 crore.
- 2015-16: 1.152.296.625 takas, aproximadamente 115,23 crore.
- 2016-17: 1.156.301.693 takas, aproximadamente 115,63 crore.
La reclamación del primer año es la más elevada y representa alrededor del 28,4 % del total. Supera en unos 75,22 crore de takas la reclamación anual más baja, correspondiente a 2014-15.
El pago de 285,58 crore de takas analizado en la disputa de inversión y la reclamación tributaria de 666,92 crore de takas corresponden a conceptos distintos. El primero es un ingreso examinado en el caso; el segundo es la reclamación total de las autoridades tributarias para cinco años fiscales.
Por qué podía impugnarse la reliquidación
La Unidad Central de Inteligencia de la NBR reabrió en 2017 los expedientes tributarios de Grameen Kalyan. Una decisión fechada el 26 de septiembre de 2017 clasificó los ingresos en disputa como ingresos de otras fuentes en el marco del proceso de reliquidación.
El artículo 120(1) de la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta de 1984 era pertinente para las facultades de supervisión que permiten revisar una orden emitida por una autoridad tributaria subordinada. Grameen Kalyan impugnó la legalidad de las decisiones mediante dos recursos de amparo y también solicitó que el comisionado tributario las reconsiderara.
El Tribunal Superior dijo que la solicitud de reconsideración no prosperó porque Grameen Kalyan no había pagado la deuda tributaria reconocida que exige el artículo 121A(4)(b). También hizo referencia a los artículos 74 y 75(2)(d)(iii) al explicar la obligación de pagar los impuestos correspondientes a las declaraciones.
El artículo 173 apareció en el análisis del tribunal sobre la corrección de errores. El pleno dijo que el comisionado había efectuado una corrección en los 13 días posteriores a una orden anterior, tras notificar a la organización y darle la oportunidad de ser escuchada.
El fallo también tuvo en cuenta la forma en que Grameen Kalyan había tratado ingresos similares en años fiscales posteriores al evaluar su postura en la disputa actual. La organización sigue impugnando la reclamación mediante sus solicitudes ante la Sala de Apelaciones.
Un caso que volvió varias veces a audiencia
Grameen Kalyan obtuvo inicialmente una decisión del Tribunal Superior que le permitía presentar una apelación tributaria sujeta a ciertas condiciones. La NBR impugnó ese resultado, lo que dio lugar a nuevas audiencias y a un fallo que posteriormente se retiró debido a la participación previa de uno de los jueces en el litigio.
Las principales etapas procesales fueron:
- 2017: Grameen Kalyan presentó dos recursos de amparo para impugnar las reclamaciones tributarias reliquidadas.
- 17 de octubre de 2023: El Tribunal Superior anuló la orden del comisionado y concedió una oportunidad condicional para apelar en un plazo de 60 días.
- 11 de marzo de 2024: La Sala de Apelaciones anuló esa decisión y ordenó nuevas audiencias en el Tribunal Superior sobre el fondo de la disputa.
- 4 de agosto de 2024: Un pleno del Tribunal Superior desestimó los recursos de amparo.
- 2024: El fallo se retiró y los casos se enviaron para asignarlos a otro pleno.
- 10 de septiembre de 2026: El nuevo pleno del Tribunal Superior desestimó las peticiones.
- 14 de septiembre de 2026: La jueza de cámara Farah Mahbub se negó a intervenir antes de la publicación de los fallos completos.
- 18 de octubre de 2026: El juez Rezaul Haque suspendió la instrucción de cobro y fijó el 13 de diciembre para la audiencia ante el pleno.
En los antecedentes procesales detallados, la fecha del retiro del fallo en 2024 aparece como el 29 de agosto; otros relatos indican el 4 de octubre. La explicación fue que uno de los jueces del pleno anterior había representado al Gobierno en el mismo litigio, como fiscal general adjunto.
Qué implicaría el cobro
Antes de la suspensión de octubre, el fiscal general adjunto Azad dijo que el comisionado adjunto de impuestos de la Zona Tributaria 14 emitiría una notificación de pago conforme a los artículos 214 o 221 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de 2023. Añadió que la notificación daría a Grameen Kalyan 30 días para pagar, con intereses simples calculados desde 2017.
Otra descripción del fallo indica un plazo de pago de tres años fiscales. Las instrucciones de cobro citadas exigen actuar con prontitud, mientras que Azad habló de una notificación con un plazo de 30 días. La orden del 18 de octubre suspendió ahora el cobro antes de la audiencia de diciembre.
Azad dijo que la falta de pago podría dar lugar a medidas contra cuentas bancarias y otros bienes conforme al artículo 221. Para una organización benéfica que presta servicios de salud, la posibilidad de acceder a sus fondos es un motivo concreto de preocupación, aunque no se ha especificado ningún efecto operativo para sus hospitales o clínicas.
La siguiente tarea de la Sala de Apelaciones es examinar las dos peticiones de autorización para apelar. Grameen Kalyan sostendrá su argumento de que ya se habían retenido impuestos, mientras que el razonamiento del Tribunal Superior se centra en que las entidades jurídicas son distintas, en la propiedad de las acciones y en las pruebas del pago.
Puntos clave
- El 18 de octubre de 2026, la Corte Suprema suspendió el cobro inmediato de 6.669.152.370 takas a Grameen Kalyan.
- La decisión del Tribunal Superior que confirmó la reclamación tributaria sigue vigente mientras avanza la impugnación.
- La reclamación abarca cinco años fiscales, de 2012-13 a 2016-17.
- Grameen Kalyan afirma que ya se habían retenido impuestos de los dividendos subyacentes; el Tribunal Superior concluyó que el pago de otra organización no podía contar como un pago propio.
- Está previsto que el pleno de la Sala de Apelaciones escuche el 13 de diciembre de 2026 las dos peticiones de autorización para apelar.






